Hace 11 años | Por --215959-- a heraldo.es
Publicado hace 11 años por --215959-- a heraldo.es

El Tribunal Supremo (TS) ha anulado la sentencia dictada por la Audiencia de Huesca contra un padre que fue condenado a 14 años de prisión por la presunta violación de un hijo deficiente al entender que los hechos considerados probados no están suficientemente motivados.

Comentarios

Pancar

#4 Eso parece, aunque realmente no la anula sino que la devuelve para que la redacte adecuadamente.

D

Qué noticia más sórdida. Es todo tan

D

Que alguien con conocimientos judiciales nos explique eso de la motivación, por favor. No quiero creer que anulen la sentencia porque el padre no estaba motivado para violar al hijo ¿no?

Pancar

#1 No soy experto pero la motivación, si no me equivoco, se refiere a la estructuración y análisis del razonamiento lógico de la sentencia. No tiene nada que ver con otro tipo de motivos.

Ley de Enjuiciamiento Civil, artículo 208.2:

"Los autos y las sentencias serán siempre motivados y contendrán, en párrafos separados y numerados, los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho en los que se base la subsiguiente parte dispositiva o fallo".


Las sentencias están divididas en tres partes:

Encabezamiento, motivación (constituida por los antecedentes de hecho y fundamentos o razonamientos jurídicos) y fallo.

D

#3 O sea, que anula la sentencia... por chapucera o algo así, vamos.

a

#1 Es que el titulo es un poco engañoso, en españa las sentencias tienen que justificarse, no vale decir culpable o inocente porque si. Asi que en la sentencia no se habran explicado adecuadamente los motivos que llevaron a la decision de culpabilidad.