Hace 10 años | Por --313324-- a oacawww.portaloaca.com
Publicado hace 10 años por --313324-- a oacawww.portaloaca.com

Yo, Francisco Aragon Garces pregunto: ¿Alguien me puede explicar si con esta ley se le perdonó a Franco, Millan Astray, Yague, varela, Queipo de Llano, Fraga sus crímenes? Discurso de Marcelino Camacho y el texto de los dos primeros articulos de ley amnistía de 1977

Comentarios

D

Desde luego. Para eso se hizo. Lo dice bien claro, para que se incluyan los crímenes anteriores y posteriores al 36:

Artículo segundo.En todo caso están comprendidos en la amnistía:

a) Los delitos de rebelión y sedición, así como los delitos y faltas cometidos con ocasión o motivo de ellos, tipificados en el Código de justicia Militar.

f) Los delitos cometidos por los funcionarios y agentes del orden público contra el ejercicio de los derechos de las personas.

Lo que pasa es que las leyes siempre pueden ser "interpretadas", aunque ya sabemos en principio lo que quieren decir. Esto es, dejan recovecos si la redacción es confusa.

Con el A se perdona la sublevación de los militares en 1936. Con el f se perdonan los crímenes, torturas o asesinatos que cometieron durante la dictadura.

Una aberración, en definitiva, defendida por los comunistas con el fin de salvar de prisión el culo de algunos de ellos a costa de dejar sin sentido todas las muertes de republicanos durante 40 años y por ende de dejar sin sentido su lucha. Se dejaba España en manos de los vencedores de la guerra y los propios comunistas los coronaban a cambio de que dejaran de darles bofetadas y les dieran un puestito en el nuevo chiringuito...

La cosa es que hoy día se puede defender si es legítimo o no que un pacto de partidos políticos enfrentados e implicados en crímenes contra la humanidad puede ser suficiente para que esos crímenes no se lleven ante otros organismos superiores. Por ejemplo esta ley es incoherente con la Declaración Universal de derechos del hombre que, curiosamente, es previa a nuestra constiución, y España firmó varias de sus partes en las siguientes fechas:


Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (1968)
Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (1984)
Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1977)
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1977)
Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (1987)
Convención sobre los Derechos del Niño (1990)

Como vemos se han incumplido. Incluso nos podemos preguntar que ocurriría si esas leyes postfranquistas y su constitución se cambian.

D

#1 El artículo 2.f no perdona ni crímenes, torturas, ni asesinatos. El ejercicio de los derechos de las personas no tiene nada que ver con eso. Si algún tribunal ha interpretado eso, ha prevaricado a mala fe y a sabiendas. Los tribunales deben cumplir la ley de amnistia, no inventarse nuevas amnistias no aprobadas por el parlamento, el poder judicial no tiene derecho alguno a amnistiar.
Eso es lo que ha pasado, los tribunales franquistas amnistiaron a los suyos por medio de una interpretación delictiva de la ley de amnistía. No te montes películas de comunistas que nunca han tenido poder alguno para amnistiar a nadie.
La propia interpretación de los tribunales es tan incoherente que el TS ha llegado a afirmar recientemente que la ley de amnistía aplica sin excepción a todos los crímenes de la dictadura, y en la misma sentencia argumentan que la ley de amnistía es legítima, un modelo a seguir, y compatible con los ddhh porque no se amnistía crimen alguno.
Y tienen la cara dura de decir que los crímenes están prescritos porque la gente podía haberlos denunciado desde la instauración de la democracia, obviando que fueron los propios tribunales los que impidieron que se persiguieran los delitos con la excusa de una amnistia general que nunca existió.

Modélica transición, lo llaman. Tribunal supremo, lo llaman. lol

iramosjan

#1, #2 Mirad, me gustaría que hubiera otro modo de decir esto, pero... No tenéis ni idea.

Por poner un ejemplo de lo poco que entendéis, Franco y los suyos en 1939 condenaron a los militares leales a la república por rebelión y sedición. El artículo 2.a a quienes amnistiaba era a los militares republicanos, y les devolvía todos sus derechos...

D

El Comité de Derechos Humanos de la ONU ya recomendó a España en 2008 la creación de una comisión de expertos independientes, encargada de restablecer la verdad histórica sobre las violaciones de los derechos humanos cometidas durante la Guerra Civil y la dictadura y la derogación de la ley de amnistía de 1977, ya que obstaculiza el derecho de las víctimas de desapariciones forzadas a mecanismos efectivos de acceso a la verdad, justicia y reparación y niega la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad que recoge el derecho internacional.

http://www.publico.es/459068/un-18-de-julio-marcado-por-la-querella-argentina-contra-el-franquismo