El Juzgado de Primera Instancia número 3 de Pontevedra rechazó la reclamación de un grupo de vecinos de Ons que aspiraban a acceder a la propiedad de sus viviendas en la isla. La sentencia entiende que no pueden ser más que arrendatarios o concesionarios, y que ellos eran conscientes de este hecho cuando interpusieron la demanda.