Hace 15 años | Por folto_2 a siereslegalereslegal.com
Publicado hace 15 años por folto_2 a siereslegalereslegal.com

Cuando intercambio música y contenidos a través de programas peer to peer (P2P), no necesito autorización. ¡Falso! La utilización de estos programas supone la explotación de derechos de propiedad intelectual que no han sido autorizados, por lo que constituye una infracción de los derechos de propiedad intelectual. Esto es un extracto de lo que sale en la pagina *web del ministerio de cultura*. ¿ Hasta cuando se permitirá esto ?

Comentarios

a

Las opiniones, valoraciones y reflexiones personales, mejor en los comentarios.

El título, entradilla y etiquetas de los envíos, como así también la categoría en el que se inserta, debe reflejar y no distorsionar el contenido del enlace. Menéame no es un sitio de microblogging, o para generar noticias u opinión en el espacio reservado para la descripción del envío.
ads

No hagas comentarios en el texto del meneo, ese campo de texto es para relatar la noticia. Utiliza los_ comentarios del meneo para dar tu parecer u opinión personal.
http://meneame.wikispaces.com/Meneatiqueta#toc6

D

Hasta que les siga votando la gente

D

Y el de Economía, y el de Vivienda... ¿Dónde está la noticia?