Hace 10 años | Por --211166-- a lavanguardia.com
Publicado hace 10 años por --211166-- a lavanguardia.com

Militar en un el PP implica una serie de deberes que el afiliado contrae desde el momento en el que firma su pertenencia en el partido. Como ocurre en todas las formaciones políticas, los estatutos recogen esta serie de deberes.

Comentarios

D

Militar y PP por fín en una frase.

D

#1 Eso a las catalanes nos mola mogollón...

polvos.magicos

#1 Que se sepa ya estaba implícito, no?.

D

¿Pero que órganos son los que gobiernan?
Ah, si, los wevos, porque de cerebro mas bien...... poco.....

D

Igual que en una secta, hay que hacer lo que diga el líder sin rechistar.

D

Y la diferencia con otros partidos es...



osantonio

Si chupas muchos culos y son los adecuados y en el momento correcto, el ascenso está garantizado, aunque seas un mierda. Es más, cuánto más mierda mejor.

Lvntkll

Todo por el partido, soy miembro del partido, a mi me recuerda mucho al partido Comunista o el partido Nacional socialista.....

No se, me gustaria saber quien se afilia al PP o al PSOE por convicción y no por monetaria motivación.

D

joder, lo que le faltaba al partido podrido, ser una banda paramilitar

Shikamaru18

En el Auto 226/1988, de 16 de febrero, el TC se establece la citada compatibilidad:

"La Ley Orgánica de este Tribunal, de aplicación prioritaria respecto de la Ley Orgánica del Poder Judicial y de la Ley de Enjuiciamiento Civil no impide que los Magistrados de este Tribunal puedan pertenecer a partidos políticos y sólo les impide ocupar dentro de los partidos cargos de carácter directivo, pues una posible afinidad ideológica no es en ningún caso factor que mengüe la imparcialidad para juzgar los asuntos que según su Ley Orgánica este Tribunal debe decidir".

Aquí, nota de prensa del TC al respecto: http://www.tribunalconstitucional.es/Documents/NOTAINFORMATIVANUMERO432013.pdf

Es más, Luis López Guerra fue vicepresidente del TC con el carné del PSOE:
http://www.europapress.es/nacional/noticia-pp-recuerda-lopez-guerra-fue-vicepresidente-tc-carne-psoe-20130718171145.html

janfri

#5 La doctrina constitucionalista es unánime al decir que la incompatibilidad es para ocupar puestos directivos en el partido, no para ser militante. Esto está resuelto hace mil años, no sé ahora qué está pasando. Todos sabemos que el punto débil del TC siempre ha sido su politización, que se intenta disfrazar pero es algo que existe digan lo que digan. Podríamos cambiar el sistema, pero con lo que ahora tenemos no hay inconveniente en ser militante de un partido mientras no ocupe cargos directivos.

Shikamaru18

#8 Pero fíjate como España entera se echa las manos a la cabeza solo por "El presidente del TC tiene carné del PP" lol lol

D

#5 Pero esto de tener que obedecer la doctrina del partido contradice el art que exige independencia a sus miembros.

Que de todas formas ya sabemos que con estas leyes no hacemos nada, la única forma de conseguir algo sería con presión mediática y popular para que dimitiera y se reformara la ley.

Claro que también sabemos que la sociedad no está para la labor.

Shikamaru18

#11 Totalmente de acuerdo, pero me hace gracia que, ya que hablamos de preceptos jurídicos, todo el mundo apela a unos y otros que al Tribunal Constitucional no se aplican porque no es justicia ordinaria.

Tommie

#5 La LOTC no prohibe la afiliación de sus miembros a un partido político, pero tampoco la aprueba de forma explícita, dice que para todo lo demás deben atenerse a las incompatibilidades propias del poder judicial.

La LOPJ dice en su art. 395 que los magistrados (el art.5 de la LOTC dice que todos sus miembros obstentan el título de magistrado) no pueden afiliarse a partidos políticos

alehopio

#5 La letra de la Constitución está por encima de cualquier ley que pretenda interpretarla, y más si son juez y parte quienes la interpretan.

La letra de la constitución dice literalmente:

>
http://www.congreso.es/consti/constitucion/indice/titulos/articulos.jsp?ini=117&fin=127&tipo=2

La razón determina que es inconstitucional cualquier norma que diga que ser magistrado es compatible con ser afiliado a un partido político; ya que ser afiliado a un partido político no garantiza la "total independencia" pues la filiación legalmente conlleva acatar los estatutos del partido político lo que vincularía el poder judicial al legislativo y ello es contrario a la total independencia que dicta la norma superior que es la Constitución.

¿Y quien decidiría sobre la inconstitucionalidad? los mismos que se ven afectador por el dictamen, lo cual es contrario a las normas más elementales del derecho internacional.

Es más, las leyes internacionales, que en realidad están por encima de la Constitución, también dictan la incompatibilidad de la filiación política y la judicatura

janfri

#16 Bueno sí, pero es que el TC es un órgano especial, politizado desde su nacimiento, no es exactamente lo mismo que hablar de poder judicial en sentido estricto, porque el TC está por encima y es independiente de él. Los magistrados son catedráticos de universidad. El art. 127 de la constitución que dices está desarrollado después por la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, en la que se precisó el régimen de incompatibilidades (art. 19).