Hace 12 años | Por YoryoBass. a h30565.www3.hp.com
Publicado hace 12 años por YoryoBass. a h30565.www3.hp.com

Inglaterra crea una nueva ley sobre las cookies de los navegadores web, haciendo así ilegal a Google Analytics.

Comentarios

inmaflower

#0 Pon la entradilla en español, por favor.

YoryoBass.

#1 Cambiado

Pandemial

En vez de prohibir las cookies, tendrian que establecer que parametros guardan y durante cuento tiempo.
Es como si a un tendero le prohiben apuntar las visitas que recibe y que compran sus clientes o que compran o a que hora...

El unico soporte publiciario que da beneficios y que esta creciendo y se lo cargan.

Ya me diras como coño vamos a hacer nuestro trabajo los analistas y los responsables de tienda online...

Nova6K0

Esto más bien lo hacen por las "Supercookies".

Pero no es por nada. Aquí en España será igual. Mejor dicho ya es igual. A ver que os pensáis que es el Real Decreto del 30 de marzo, que está en vigor desde el BOE del 31 de marzo. Este Real Decreto, entre otras cosas modifica una pequeña parte del articulado de la Ley 34/2002 conocida como LSSICE o Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico. En ella se modifica el Art 22, que pasa a decir:

«Artículo 22. Derechos de los destinatarios de servicios.

1. El destinatario podrá revocar en cualquier momento el consentimiento prestado a la recepción de comunicaciones comerciales con la simple notificación de su voluntad al remitente.

A tal efecto, los prestadores de servicios deberán habilitar procedimientos sencillos y gratuitos para que los destinatarios de servicios puedan revocar el consentimiento que hubieran prestado. Cuando las comunicaciones hubieran sido remitidas por correo electrónico dicho medio deberá consistir necesariamente en la inclusión de una dirección electrónica válida donde pueda ejercitarse este derecho quedando prohibido el envío de comunicaciones que no incluyan dicha dirección.

Asimismo, deberán facilitar información accesible por medios electrónicos sobre dichos procedimientos.

2. Los prestadores de servicios podrán utilizar dispositivos de almacenamiento y recuperación de datos en equipos terminales de los destinatarios, a condición de que los mismos hayan dado su consentimiento después de que se les haya facilitado información clara y completa sobre su utilización, en particular, sobre los fines del tratamiento de los datos, con arreglo a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Cuando sea técnicamente posible y eficaz, el consentimiento del destinatario para aceptar el tratamiento de los datos podrá facilitarse mediante el uso de los parámetros adecuados del navegador o de otras aplicaciones, siempre que aquél deba proceder a su configuración durante su instalación o actualización mediante una acción expresa a tal efecto.


Lo anterior no impedirá el posible almacenamiento o acceso de índole técnica al solo fin de efectuar la transmisión de una comunicación por una red de comunicaciones electrónicas o, en la medida que resulte estrictamente necesario,
para la prestación de un servicio de la sociedad de la información expresamente solicitado por el destinatario.»


El punto 2, es el que se refiere a las "cookies".

Salu2

D

#0 ¿Inglaterra o UK? Hay un error en la entradilla o en el titular.