Hace 10 años | Por --412721-- a lamanchaobrera.es
Publicado hace 10 años por --412721-- a lamanchaobrera.es

“Tras casi cinco años de instrucción, no resulta debidamente justificada la perpetración del delito que dio lugar a la formación de la causa por lo que (…) procede el sobreseimiento provisional debiendo alzarse las medidas cautelares acordadas respecto a Miguel Ángel Llamas, Edurne Sancho y Koldo García”. Esta es la conclusión del auto, que ya es firme, que emitió la Audiencia Nacional el pasado 22 de noviembre para archivar el caso sobre el cierre del medio de comunicación navarro Apurtu.org.

Comentarios

D

*solo si son vascos