Hace 13 años | Por ipinaj a yaencontre.com
Publicado hace 13 años por ipinaj a yaencontre.com

En España la normativa constructiva en materia de sismos es del año 1974, con lo cual todos los edificios levantados a partir de esa fecha deberían cumplir con sus preceptos técnicos. De todas formas y según explica Lluís Moya, catedrático del Departamento de Estructuras de Arquitectura de la Escuela Técnica Superior de Arquitectura de Barcelona (ETSAB) y socio fundador del estudi

Comentarios

ElPerroDeLosCinco

Tranquilos, que muy pronto saldrá otra nueva. En España se legisla a golpe de titular.

D

#1 Sólo para poner un poco en contexto: La NCSE-02 fue publicada en el BOE el 11 de octubre de 2002, cuando sustituyó a la NCSE-94. Propone un método de cálculo basado en la resistencia, por lo que sus comprobaciones sólo son válidas en estado límite último. Esto implica que la norma trata solamente de la estabilidad de la estructura, ignorando los daños que se puedan producir en el resto de materiales y elementos del edificio. Un edificio que resiste a un sismo según NCSE puede perder todos sus muros, instalaciones y demás elementos, siempre y cuando su estructura permanezca en pie.

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