Hace 16 años | Por --50959-- a elpais.com
Publicado hace 16 años por --50959-- a elpais.com

Ni defensas ni acusaciones plantearon antes de comenzar el juicio del 11-M los llamados "artículos de previo pronunciamiento". Entre los cinco previstos, se encuentra, según el artículo 666 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, la cuestión de "cosa juzgada". Si una persona ya ha sido juzgada o condenada por un hecho en sentencia firme no debe volver a serlo otra vez por ese mismo hecho (non bis in ídem).

Comentarios

D

bis in ídem no sé, pero cárcel que chupe sin un solo beneficio penitenciario, que lo que ha salido aquí es mas gordo que lo que se sabía en italia, aunque sea la misma cosa, si el juicio del 11m es en italia reabren la causa, que hay pruebas y agravantes que si, son del mismo delito, pero que hubieran tenido condena mayor...
Ah, y el que no sea condena firme yo solo creo que puede llevar a que le empuren mas tiempo sin beneficios penitenciarios o algo, no menos, por imagen interancional de la justicia italiana, que aquí vale todo...

a

El problema es que la sentencia contenía que no podía ser condenado porque ya lo estaba mediante sentencia firme por los tribunales italianos, pero fue un error, porque en Italia puede ser condenado con una pena mayor a la que tiene impuesta, pues es el fiscal el que recurrido. Son cuestiones jurídicas, pero en resumen es que no se puede juzgar a nadie, por el mismo delito dos o más veces, pero para que esto sea así es necesario que esté condenado por sentencia firme.
Siento ser tan pedante, sólo pretendía facilitar la lectura a los que desconocen el mundo del derecho y si me lee algún leguleyo, le pido disculpas por simplificar tanto.