Hace 3 años | Por Quinqui a ignasibeltran.com
Publicado hace 3 años por Quinqui a ignasibeltran.com

La controversia sobre la calificación jurídica de los repartidores de plataformas ha sido finalmente resuelta por la STS, Pleno (y sin votos particulares), 25 de septiembre 2020 (rec. 4746/2019). Son trabajadores por cuenta ajena. Lo que ratifica el criterio que se ha mantenido en suplicación de forma generalizada hasta la fecha:

Comentarios

sempredepor

A ver si les entra de una vez en la cabeza a los empresaurios!!!