Hace 6 años | Por sam2001 a 451legal.com
Publicado hace 6 años por sam2001 a 451legal.com

No obstante, hay supuestos en los que una deuda, en este caso por servicios de comunicaciones electrónicas (telefonía fija o móvil y acceso a Internet principalmente), podría no ser exigible. Por ejemplo, las deudas contraídas por servicios no solicitados o no contratados (a menudo, seguros sobre el terminal, contestador u otros servicios accesorios), que también pueden darse porque no se ha informado correctamente al cliente de su contenido o bien no se ha formalizado la contratación de forma correcta.

Comentarios

PeterDry

Poner el número de teléfono del acosador en rechazo de llamadas. Fin del problema.

D

#1 no todos ls telfs tienen esta opcion y eso que dices
alarga el asunto...mejor darle la cara
-
yo recomiendo suscribirse a Facua
e ir a la ofis del consumidor al menos