Hace 3 años | Por pinaveta a poderjudicial.es
Publicado hace 3 años por pinaveta a poderjudicial.es

Los jueces advierten que tampoco se valoraron correctamente “elementos especialmente protegidos, como el Camino de Santiago”, ya que lo cruza un vial del parque eólico. Norvento, según consta en la resolución, alegó que los aerogeneradores resultan “atractivos para los turistas, dando a entender que suponen un valor añadido, en vez de una grave afectación por su impacto visual y acústico”. Los magistrados recalcan que, además de al Camino de Santiago, el parque afecta “a importantes recursos hídricos”, entre ellos dos lagunas.