En casa de herrero, cuchillo de palo. Este refrán español casa perfectamente con una brecha de seguridad que ocurrió dentro de la propia Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). En una reciente resolución, 2067/2025 y 2108/2025, del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG) la AEPD es reprendida por no mostrar los estándares de diligencia del mismo modo que la autoridad exige al resto de afectados, lo que pone de manifiesto que la rendición de cuentas también alcanza a quien supervisa la protección de datos.
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El caso presenta una particularidad relevante: la AEPD actúa simultáneamente como responsable del tratamiento y como autoridad de control, lo que refuerza el interés público en conocer cómo aplica a sí misma las obligaciones del RGPD
Un ciudadano recibió en octubre de 2024 una comunicación de la AEPD por error. El destinatario era una empresa con la que había separado sus caminos hace años.
Sin embargo, en el correo… » ver todo el comentario