Hace 6 años | Por bonobo a invertia.com
Publicado hace 6 años por bonobo a invertia.com

En su resolución, el Supremo se apoya en una ley de 1968 sobre la percepción de cantidades anticipadas en la construcción y venta de viviendas que establece la responsabilidad de las entidades financieras en caso de que la obra adquirida no llegue a término según lo acordado. La sentencia hace referencia al caso de una pareja de Granada que demandó en 2013 a BBK Bank Cajasur para que le fueran reintegrados 73.500 euros de una promoción de viviendas que no llegó a ejecutarse al declararse insolvente la entidad promotora.

Comentarios

D

¿Es aquí donde se indica que la justicia funciona sólo cuando salen sentencias que nos gustan?

cromax

#4 No, la justicia no funciona cuando tardan en devolver tal cantidad de dinero a una familia que, probablemente, se haya quedado con el culo al aire varios años.
Al igual que no funciona al no resolver de oficio casos tan evidentes como las cláusulas suelo.
Las entidades financieras lo saben muy bien y se aprovechan de ello.

D

#6 no sé a qué esperas para sacarte la oposición de juez viendo la gran capacidad de interpretación legal que tienes.

Quizá deberías replantearte que quizá no sea tan sencillo interpretar la ley y la jurisprudencia como piensas, que quizá haya una serie de procedimientos a respetar, que quizá cuantos más recursos tiene un acusado, más capacidad para hacer triquiñuelas legales que alarguen y confundan al proceso, que quizá los jueces están hasta arriba de trabajo y no pueden procesarlo a un ritmo que nos parezca aceptable...

Sobre lo último te recomiendo este vídeo de Salvados

pablisako

La sentencia hace referencia al caso de una pareja de Granada que demandó en 2013 a BBK Bank Cajasur
Se lo toman con calma

D

#2 hubo sentencia en 2015 y recurrieron luego al Supremo.

Pero sí, hacen falta más jueces, España está a la cola.

falconi

Algunos jueces honrados que escapan a su control.. Sería bonito y de justicia que, además, desde el Supremo, se obligue al sector bancario al resarcimiento del pago del rescate bancario mediante una sentencia "no recurrible".

exmarginalexquoque

Ah, que hasta ahora se lo quedaban. ¡Madre mía!