Hace 9 años | Por --24865-- a eleconomista.es
Publicado hace 9 años por --24865-- a eleconomista.es

El Tribunal Supremo acaba de publicar dos sentencias -de 24 y 25 de marzo- en las que rechaza que, una vez declarada la nulidad de una cláusula suelo por abusiva, la entidad bancaria deba restituir al cliente las cantidades indebidamente cobradas. Por el contrario, la devolución debe producirse desde el 9 de mayo de 2013, fecha en que el Alto Tribunal declaró que estas cláusulas son nulas por abusivas si adolecen de falta de información y obligó a estas entidades a eliminarlas.

Comentarios

enol79

#0 Edita el titular

D

#2 Hecho

enol79

#4 Creo que sí es AEDE

http://www.aede.es/asociados/

D

#5 Entonces la quito, pero rogaría que la pongan,si la encuentran en otros medios esto es un palo en toda regla

D

Edit.

D

No tengo claro si esto era de AEDE, si es así decirmelo que la quito. Pero es un palo que tira atras casi todo lo demás, y se pasan multitud de sentencia por el forro....

D

Va, venga, estáis robando, pero lo dejáis y santas pascuas.

Que cojonazos!!