Hace 9 años | Por Sixela a diagonalperiodico.net
Publicado hace 9 años por Sixela a diagonalperiodico.net

Con la oposición de organizaciones estatales e internacionales, de la práctica totalidad de los partidos de la oposición y de más de un 80% de la población –según una encuesta elaborada por Metroscopia–, el próximo 1 de julio entran en vigor la nueva Ley de Seguridad Ciudadana y la última reforma del Código Penal. Con esta última, entra en la legislación española la cadena perpetua –bajo el apelativo de prisión permanente revisable– y desaparecen las faltas, que pasan a ser delitos leves o infracciones administrativas.

Comentarios

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angelitoMagno

Difundir fotos de policías => 30.000€ FALSO
Difundir convocatorias => 1 año FALSO

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#2 #3 Sería un detalle que alguien con soltura jurídica nos pasase los fragmentos de la ley para que podamos comparar.

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#3 Falso no, depende, pero dicen que es inconstitucional, con eso sería suficiente.

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#8 No cuando eres una entidad pública y está sucediendo una noticia. No hace falta carnet de periodista para ejercer.

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#14 No puedes. Es un acto público. No desprestigia para nada. Informa al ciudadano.

Es ridículo, es como grabar a un alcalde robando y que te denuncie por ello.

Pues lo siento, el derecho a la información prevalece y encima el alcalde va al trullo por ostaculizar la información ciudadana, la cual tiene derecho al ser un cargo público pagado con tus impuestos.

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#12 No, no va a responder ni tiene por qué.

Al ser un funcionario del estado realiza una tarea pública. Cuando esté fuera de servicio podrá presentar las denuncias pertinentes solo si lo graban fuera del puesto de funcionario al que pertenece.

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#10 " Se identifica...y si esa foto o video sale a la luz el policía denunciara a esa persona directamente, verdad tu lo rápido que borra esa foto/video y no la difunde... "

No, puesto que el policia no es civil, es funcionario y obedece a figuras públicas e institucionales.

Los actos de un agente son de caracter público, lo mismo que un alcalde.

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#11 se identifica...y si esas fotos y videos son utilizados de mala manera ya tendrá que responder esa persona...es sencillo..

D

#12 Te digo yo que no, pues cuando actua responde como funcionario, no como civil.

Además, los ciudadanos tienen derecho a la información pública, y no solo desde medios periodísticos.

Es un acto público, en un lugar público.

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#13 te equivocas tu ....no hace falta quitar videos ni imágenes..que tomas videos y fotografías y luego son utilizadas para desprestigiar, amenazar....tendrá que responder esa persona lógicamente...

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#14 Si le graban fuera del acto de servicio sí. Si no, se jode y apechuga ya que su tarea de funcionario entra en la misma categoría que un concejal en su estrado, ya que amigo, las instuticiones y el conocer el funcionamiento de estas corresponde a todos los ciudadanos.

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#17

Ley 4/2015
23. El uso no autorizado de imágenes o datos personales o profesionales de autoridades o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que pueda poner en peligro la seguridad personal o familiar de los agentes, de las instalaciones protegidas o en riesgo el éxito de una operación, con respeto al derecho fundamental a la información.

Lo dicho, y lo repito nuevamente, se identifican esas personas y si ocurre esos hechos que especifica el Art23 de la nueva ley de seguridad ciudadana, se le podrá denunciar y tendrá que responder ...

D

#18 Eso choca con el derecho a información del ciudadano, el cual tiene preferencia.

Me pregunto que tal te sentará que el gobierno se salte derechos humanos básicos.

España está bajo leyes internacionales. Si una de las leyes hace conflicto con la juridisdicción internacional, es nula de facto.

D

#20 Que pesaito eres...te lo pone bien claro en artículo que no está vulnerando el derecho de información ...pero por lo que se ve tu compresión lectora anda un poco corta.
Disculpa la seguridad y libertad ambulatoria del policía y de su familia estando fuera de servicio prevalece al derecho de informacion...

D

#17 No se está negando el derecho a la información... "con respeto al derecho de información"lo pone bien clarito el art23...

D

Difundir fotografías de policías 30.000€ - bien, podría usarse para amanezarlo a él y su familia
Parar desahucios 30.000€ - nos guste o no, si no ha pagado tendrán que desahuciarlo
Resistencia pasiva 4 años - habría que definir que es pasiva, es excesiva, pero a veces no es tan pasiva. Exagerada.
Difundir convocatorias 1 año. ¿Pero como puede ser delito difundir por ejemplo una manifestación?

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#2 " #2 Difundir fotografías de policías 30.000€ - bien, podría usarse para amanezarlo a él y su familia"

Libertad de expresión y prensa.

D

#5 Derecho a la privacidad. Nadie puede fotografiarte sin permiso, o al menos, así debería ser.

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#5 libertad de expresión y prensa? Se identifica...y si esa foto o video sale a la luz el policía denunciara a esa persona directamente, veras tu lo rápido que borra esa foto/video y no la difunde...

bigastro

A ver si todavía se las aplican a Zapata y acaba con cadena perpetua...