Tienen que reclamar a la otra parte" Por otro lado, se refiere la sentencia a la inexistencia en la legislación española de un régimen por el cual el prestador de servicios asuma la responsabilidad por los daños causados por productos defectuosos, y recuerda que en la normativa vigente la responsabilidad "recae en el productor y distribuidor, siempre que estén identificados, tal y como sucede en este supuesto".
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Tienen que reclamar a la otra parte" Por otro lado, se refiere la sentencia a la inexistencia en la legislación española de un régimen por el cual el prestador de servicios asuma la responsabilidad por los daños causados por productos defectuosos, y recuerda que en la normativa vigente la responsabilidad "recae en el productor y distribuidor, siempre que estén identificados, tal y como sucede en este supuesto".