Publicado hace 8 años por fuscolusco a cuestioneslaborales.es

En función de la duración de la baja por incapacidad temporal, así como de la entidad encargada de gestionar el alta, la impugnación del alta tendrá una regulación diferente, por ello, es importante indicar que esta entrada solo hace referencia a la impugnación del alta médica realizada por la mutua con anterioridad al agotamiento del plazo de doce meses de duración de la incapacidad temporal

Comentarios

GatoMaula

El día que alguien se decida a meter mano a las mútuas (patronales, no se nos olvide contra qué portería chutan), se podrá acabar con otro de los grandes desvíos del dinero de los trabajadores hacía intereses privados, otro de los grandes nidos de corrupción, esta vez no con poltícos, sino con sindicalistas.

D

Si hay algo peor que el trabajo esclavo es el presentismo,
donde vendes tu salud por el salario del mes.