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El Consejo de Ministros ha aprobado presentar un recurso de inconstitucionalidad contra la ley 8/2015, de 10 de junio, del govern de la Generalitat por la cual se creó el municipio de Medinyà, en el Gironès, después de segregarse del término municipal de Sant Julià de Ramis. La razón que se argumenta es que la norma catalana vulnera la ley de bases de Régimen Local, que establece que los nuevos municipios tendrán que tener, al menos, cinco mil habitantes. En el caso de Medinyà, en el 2014 tenía unos 900 habitantes, lejos de esta cifra.