Hace 3 años | Por dyc a amp.vozpopuli.com
Publicado hace 3 años por dyc a amp.vozpopuli.com

Actuar bajo el paraguas del estado de alarma le permite al Gobierno evitar que sus medidas tengan que ser autorizadas y ratificadas por el Poder Judicial

Comentarios

d

#2 #3 Oye pues quien lo escribe es una abogada. No es un periodista de Voz Populi. Yo no sé quién tiene razón, pero esto no lo dice un iletrado. Lo dice una letrada.

mente_en_desarrollo

#8 También lo es Rivera y creía que el estado de alarma tenía que renovarse cada 15 días si o si (cuando las prorrogas, pueden ser del tiempo que determine el congreso).

Los abogados muchas veces interpretan las cosas de maneras diferentes unos de otros, y este es un tema demasiado delicado como para arriesgarse a que otra interpretación (de parte del constitucional, que es quien debería pronunciarse) lo tire todo por la borda.

d

#9 Si, completamente cierto. Los abogados son de lo malo lo peor Pero es bueno tener un amigo abogado.

Qevmers

#12 si me lo permite, dado que ahora tengo mucho tiempo, me encanta analizar las noticias publicadas con las palabras de politicos (y hablo de los medios en general y todos los políticos).
Y sobre VoxPoPuli hace ya mas de 40 días que tengo formada una idea.
Puedo decirle que antes lo hojeaba por encima y ni me preocupaba en "catalogarle".
Pero me ha encantado el planteamiento de #9.

d

#13 Claro que se lo permito, si es con ese nivel de exquisitez y educación. Hágalo usted que tiene tiempo, porque yo voy falto del ídem.

Qevmers

#14 por suerte a mi me queda esta semana para poder leerme toda la prensa que me apetezca, y como se desarrollen las cosas igual en menos de seis meses puede que recupere otra vez gran cantidad de tiempo para mi.

Qevmers

#8 puede ser, no lo discuto.
Casado es Abogado, no? Y con posibilidades de acceder a la presidencia del gobierno de una nación, cierto?
A mi quien sea, lo que sea y quien le ponga en su sitio, si me lo permite, me importa menos que nada.
A mi me importan sus palabras y sus hechos.
Y todo eso que ha expiesto esa persona que lo ha escrito, es lo mismo que le he escuchado antes a Egea.
Es lo que me lleva a pensar que alguien ha dado el visto bueno al articulo. Por lo tanto me continua pareciendo una panfletada política, ni mas ni menos.

d

#11 Si alguien ha dado el visto bueno al articulo ha sido ella, porque hace una semana escribio algo similar en voz populi, mucho antes de que esto saltara por las declaraciones de casado de ayer. Es más, yo creo que el PP ha cogido sus ideas porque propias no sé si tendrán.

#3 ¿Estás diciendo entonces que con el estado de alarma tampoco se puede?

#16 Si. Los estados de alarma, excepción y sitio están recogidos en la constitución y permiten alterar derechos recogidos en ella.

#17 Art. 55 CE:

1. Los derechos reconocidos en los artículos 17, 18, apartados 2 y 3, artículos 19, 20, apartados 1, a) y d), y 5, artículos 21, 28, apartado 2, y artículo 37, apartado 2, podrán ser suspendidos cuando se acuerde la declaración del estado de excepción o de sitio en los términos previstos en la Constitución. Se exceptúa de lo establecido anteriormente el apartado 3 del artículo 17 para el supuesto de declaración de estado de excepción.

2. Una ley orgánica podrá determinar la forma y los casos en los que, de forma individual y con la necesaria intervención judicial y el adecuado control parlamentario, los derechos reconocidos en los artículos 17, apartado 2, y 18, apartados 2 y 3, pueden ser suspendidos para personas determinadas, en relación con las investigaciones correspondientes a la actuación de bandas armadas o elementos terroristas.

La utilización injustificada o abusiva de las facultades reconocidas en dicha ley orgánica producirá responsabilidad penal, como violación de los derechos y libertades reconocidos por las leyes.


Por favor, indícame dónde dice que en el estado de alarma se pueden suspender derechos.

mente_en_desarrollo

#18 Ahí mismo.

Dice los derechos que solo pueden ser suspendidos en estados de excepción y sitio, así como que una ley orgánica regulará lo que puede hacer.

Es decir, puede suspender todo menos lo que indica en el apartado 1 (o lo que no esté blindado de otra forma en la constitución). Aunque la ley orgánica cierra lo que puede suspender a pocas cosas.

Revisa tus comentarios de ayer, que te puse el apartado de la ley orgánica donde lo pone.

i

#19 El estado de alarma no es el estado de excepción ni es el estado de sitio, así que lógicamente no puede suspender ningún derecho fundamental.

El resto de tu comentario no lo entiendo.

mente_en_desarrollo

#20 Sigue con tu cantinela.

Si fuese así, el TC ya hubiese actuado. La ley orgánica que lo regula, hubiese sido quitada por anticonstitucional. Pero supongo que te da igual, tu sabes más que los juristas.

#22 Te he enseñado la parte de la constitución que dice qué derechos fundamentales se pueden suspender, y en qué situaciones (exclusivamente los estados de excepción y sitio). Eso por lo visto es "mi cantinela". No me has explicado cómo es posible que se suspenda algún derecho en el estado de alarma.

Por cierto, el TC no actúa de oficio.

#23 https://app.congreso.es/consti/constitucion/indice/sinopsis/sinopsis.jsp?art=116&tipo=2

Vuelvo a decirte. Los juristas dicen que si (y una ley orgánica en vigor, dice que si). Pero tu sabes más.

i

#24 La constitución no dice que se pueda suspender ningún derecho fundamental en el estado de alarma. La LOEAES no dice que se pueda suspender ningún derecho fundamental en el estado de alarma. El enlace que me pasaste no dice que se pueda suspender ningún derecho fundamental en el estado de alarma.

Deja de inventar y lee un poco.

editado:
Yo no te había puesto negativos, pero veo que se te han acabado los argumentos. Te lo devuelvo.

Qevmers

Joder que panfleto me acabo de meter...
Estos de VoxPoPuli antes de publicar algo deben de hacer un par de llamadas para que les den el visto bueno.
La suerte es que primero he escuchado a Egea y luego me he leído el panfleto este.

homoAPM

#0 ya podrías dedicarle un poco más de tiempo a las etiquetas de los envíos

d

#4 qué va, demasiado que publico algo, no llego a todo!

noexisto

#4 “Mís 20”

D

#4 jajaja, esa "de" debe de ser la primera en toda la historia de MNM.

l

Qué asco de libelo. A ver si voxpopuli es capaz de aportar ideas constructivas por una vez!!!

Priorat

A quien no le guste que cambie la Constitución.