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Mejorada del Campo, 13 oct (EFE).- Los voluntarios del servicio de Protección Civil de Mejorada del Campo han presentado su dimisión en bloque por

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Es verdad, AEDE, fallo técnico

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Crónica de la muerte de Protección Civil en Mejorada


Protección Civil Mejorada del Campo y sus voluntarios (actualmente 46) llevan desarrollando trabajos en servicio al ciudadano para el municipio desde su creación en 1983.

Han sido muchas las dificultades que hemos atravesado y miles de intervenciones de todo tipo con plena satisfacción, fiabilidad y corrección. Creemos sinceramente que los ciudadanos del municipio están muy orgullosos de haber tenido una Protección Civil compuesta por voluntarios que, expresamente, renunciaron a disponer de su tiempo libre para dedicarlo con honor, respeto, altruismo y trabajo arduo al servicio del municipio en todo tipo de eventos:

Fiestas populares
Procesiones religiosas
Eventos deportivos en el polideportivo
Carreras populares de todo tipo
Convenio con SUMMA 112 para todo tipo de situaciones de emergencia. Hemos tenido traslados de ciudadanos de Mejorada a Ciudad Real, asistido en municipios cercanos que no contaban con servicio o no estaban operativos: Velilla, Loeches, Torrejón, San Fernando. Hemos colaborado con todas las protecciones civiles de alrededor y con todos los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado que han requerido el servicio.
Urgencias del centro de salud y SAR
Traslados sociales y residencias de ancianos
Asistencias a domicilio
Además, gracias a la preparación y formación continua en diferentes ámbitos de la Protección Civil española, nuestros voluntarios han podido ofrecer un servicio absolutamente impagable. Entre nuestras filas hemos tenido Técnicos en Emergencias Básicos y Avanzados, enfermeros/as, médicos y gran cantidad de voluntarios que obtuvieron la titulación de Voluntario Oficial de Protección Civil de la Comunidad de Madrid tras realizar el curso específico para voluntarios que se impartía en la Academia de Policía Local de Madrid y donde se aprende y practica:

Control de masas
Evacuaciones
Teoría de fuego y control de incencios
Primeros auxilios con uso de material sanitario
Curso de Desfibrilación Automática y uso de DESA
RCP, técnicas de resucitación
Legislación de Protección Civil
Por supuesto, los Técnicos en Emergencias son titulados con su correspondiente tarjeta de habilitación para ejercer sus funciones. Ello implica formación continua con objeto de ofrecer siempre las últimas técnicas de soporte vital y garantizar la seguridad y efectividad en la aplicación de las mismas.

Hasta ayer, día 10 de octubre de 2014, el municipio disponía de los siguientes medios:

2 ambulancias de soporte vital básico convertibles en UVIs
1 vehículo de rescate con material antiincendios y bomba de achique
1 zodiac para rescate acuático
Personal habilitado para el uso de los vehículos
Por otro lado, los voluntarios de Protección Civil Mejorada han sido los encargados de preparar los planes de emergencia y catástrofe del municipio bajo mando de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias de Madrid y dependiente del Ministerio del Interior, cumpliendo con todos los requisitos exigibles.

Así, el catálogo de hidrantes del municipio ha sido controlado y preparado por nuestros voluntarios, creando un mapa con la posición GPS de cada punto hidrante de forma que facilitamos la tarea de los bomberos que acuden al rescate o extinción de incendios dentro del término municipal. El catálogo incluye los puntos no operativos por falta de mantenimiento comunicando al ayuntamiento este extremo para su subsanación.

Los vehículos cuentan con un mantenimiento constante y control de los medios y materiales para su uso cuando se requieren. Esta labor la realizan los voluntarios de un modo totalmente ALTRUISTA.

Durante todos estos años, la colaboración con el resto de las fuerzas de orden público ha sido exquisito, realizando tareas como apoyo a Policía Local y Guardia Civil cuyos mandos siempre han agradecido la labor encomiable que hemos venido realizando.

Derechos del voluntario y legislación de Protección Civil aplicable
El trabajo del voluntario de Protección Civil cuenta entre su articulado con unos derechos inalienables que le corresponden por el mero hecho de pertenecer al cuerpo. Aquí os especificamos cuáles son los derechos:

Ley 6/1996 de 15 de Enero, de Voluntariado
Artículo 6. Derechos del voluntario.

Los voluntarios tienen los siguientes derechos:

Recibir, tanto con carácter inicial como permanente, la información, formación, orientación, apoyo y, en su caso, medios materiales necesarios para el ejercicio de las funciones que se les asignen.
Ser tratados sin discriminación, respetando su libertad, dignidad, intimidad y creencias.
Participar activamente en la organización en que se inserten, colaborando en la elaboración, diseño, ejecución y evaluación de los programas, de acuerdo con sus estatutos o normas de aplicación.
Ser asegurados contra los riesgos de accidente y enfermedad derivados directamente del ejercicio de la actividad voluntaria, con las características y por los capitales asegurados que se establezcan reglamentariamente.
Ser reembolsados por los gastos realizados en el desempeño de sus actividades.
Disponer de una acreditación identificativa de su condición de voluntario.
Realizar su actividad en las debidas condiciones de seguridad e higiene en función de la naturaleza y características de aquélla.
Obtener el respeto y reconocimiento por el valor social de su contribución.
Decreto 125/1998, de 2 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Voluntariado Municipal de Protección Civil
Artículo 14. Derechos generales.

1. Los Voluntarios de Protección Civil, como todos los Voluntarios Sociales, tienen los siguientes derechos:

a) Realizar su actividad en unas condiciones y circunstancias similares a las legalmente contempladas para el personal asalariado.
b) Percibir el reintegro de los gastos que le ocasione su actividad de Voluntariado de Protección Civil.
c) Tener asegurados los riesgos en que pueda incurrir en el ejercicio de su actividad como voluntario, mediante un seguro de accidentes, que contemple indemnizaciones por disminución física, invalidez temporal o permanente, fallecimiento y asistencia médico-farmacéutica, y un seguro de responsabilidad civil. Las condiciones y cuantías de éste serán fijadas por el Ayuntamiento respectivo, a propuesta del Concejal Delegado competente en materia de Protección Civil, bajo un criterio de analogía con los empleados municipales con funciones similares en el campo de la Protección Civil.
d) Disponer de una acreditación identificativa de su condición de Voluntario de Protección Civil.

[Por Resolución 8066/2003, de 7 de octubre, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente, el formato de la tarjeta de identificación personal de los Voluntarios de Protección Civil]

e) Participar activamente en la Agrupación a la que pertenezca y en el diseño, desarrollo y evaluación de los programas en los que trabaje.
f) Recibir información para realizar las actividades y funciones confiadas y la formación permanente necesaria para mantener la calidad de la acción del voluntario.
g) Todos aquellos que se deriven del presente Reglamento y del resto del ordenamiento jurídico.

Artículo 15. Equipo de Servicio.

Todo Voluntario tiene obligación de usar los equipos de servicio y emblemas distintivos de la categoría que correspondan, en todos los actos públicos a que sean requeridos, especialmente en casos de intervención especial, siniestro o calamidades, a efectos de identificación. Asimismo, y a requerimiento del Voluntario, le será extendido justificante en el que se indicarán fechas y horas en las que realizó su intervención.

Información para el ciudadano
La Jefatura y los Voluntarios de Protección Civil de Mejorada del campo no dimiten o cesan sus cargos por caprichos personales o por exigencias irracionales imposibles de cumplir. El cese viene motivado por el continuo atropello, falta de respeto, ignorancia, prepotencia y soberbia del partido político que gobierna actualmente en el municipio (PP) y, sobre todo, por las faltas de respeto y gritos constantes de nuestra ilustrísima alcaldesa electa.

En el caso de los voluntarios de Protección Civil Mejorada, hemos renunciado desde el principio al derecho de ser reembolsados por los gastos realizados en el desempeño de nuestras funciones, que consideramos que no es necesario para nuestra labor debido a que nuestra máxima es el ALTRUISMO. Pero NO podemos renunciar al resto de los derechos que nos amparan porque lo que se pone en juego es la seguridad del voluntario.

La Concejalía de Seguridad y la Alcaldía DEBEN velar por el estricto cumplimiento de estos derechos del voluntario y que parecen ignorar, no entender o no conocer.

Las exigencias de los voluntarios han sido siempre en la línea de conseguir los derechos que nos amparan ya que son garantía del correcto funcionamiento del servicio.

Durante el presente año, la Jefatura de Protección Civil ha estado intentando comunicar con Alcaldía con objeto de mantener una reunión para tratar los asuntos relacionados con vestuario y suministro de material fungible para las ambulancias que estamos reponiendo con nuestros propios medios (collarines, vías, mascarillas, vendajes, bateas, agujas, guedels). Estos intentos han sido todos infructuosos, teniendo que llegar a presentar por registro la solicitud de reunión y varios recordatorios posteriores. La petición de vestuario se pasó por rgistro en febrero de 2013, haciéndose caso omiso. No tiene mucho sentido que la jefatura de Protección Civil, dependiente de Concejalía de Seguridad tenga que pasar por registro una petición como esta ya que la jefatura superior del cuerpo es la propia Alcaldía.

Los voluntarios han superado con creces con su compromiso con el municipio y hemos cubierto infinidad de eventos multitudinarios con colaboración de otras Protecciones Civiles de otros municipios que acuden en nuestra ayuda cuando es necesario. Esta ayuda implica que nosotros debemos corresponder a toda