Hace 7 años | Por Ze7eN a cadenaser.com
Publicado hace 7 años por Ze7eN a cadenaser.com

El pleno del Tribunal Constitucional va a dictar una resolución por unanimidad en la que autoriza a la Fiscalía a iniciar las acciones que considere oportunas sobre la presunta desobediencia de la presidenta del Parlament de Cataluña, Carme Forcadell, y varios miembros de la mesa del Parlament al aprobar en octubre de 2016 una serie de acuerdos referidos al “referéndum” y al “proceso Constituyente

Comentarios

TocTocToc

#5 ¡Mañana te lo explico!

TocTocToc

#8 No hagas hoy lo que puedas dejar para mañana.
No independices ahora lo que puedas independizar dentro de 18 meses.

TocTocToc

#1 Igual lo retrasan al 15, que es festivo.

Ze7eN

#1 El 29 de febrero de 2018

thepiratecat

#1 No creo, a esta le caen 18 meses mínimo...

ipanies

Cuantos esfuerzos para que no se pronuncie el pueblo...

gelatti

#3 eso es peligroso.

D

#11 ya sabemos cuáles son esas inquietudes, lo que implica y cuáles son los cauces a seguir.
si los murcianos quieren decidir aplicar la pena de muerte en su territorio que vayan al Parlamento y traten de convencernos para cambiar la Constitución.

BillyTheKid

#13 la pena de muerte está prohibida en la UE

D

#43 curiosamente el TC se basa en las conclusiones del CGE de Parlament. hay que ser franquistas...

Olarcos

#11 " Los políticos están al servicio del pueblo, no al revés." Es decir que todo este tinglao es un anhelo del pueblo y los políticos sólo siguen sus dictados. ¿O es un invento político para eludir sus responsabilidades y que la gente aparte la vista de su mala gestión? En este caso, como en tantos otros, es el pueblo el que está al servicio de los políticos (y los políticos los que quieren que sea el pueblo el político, que diría Mariano nanino)

P

#10 "El "pueblo" ya se pronuncia en cada nuevas elecciones." ¿Quien te envía?

Olarcos

#36 No, no presentas una lista detallada. Tu presentas una lista de sentencias del tribunal constitucional y dices que están incumplidas. Esperas que sea yo quien compruebe una por una que esas sentencias dicen lo que tu has escrito y que además me busque las habichuelas para demostrar que efectivamente no se cumplen.

Olarcos

#39 Yo espero que España cumpla las leyes desde ya, no quiero esperar 18 meses.

CataluÑa, con ñ porque escribes en castellano. Si escribes en catalán Catalunya. Igual que no escribes München, ni London, ni O Porto, ni Aachen.

Olarcos

#19 "Ah... ¿sí? ¿deben cumplirse las sentencias del Tribunal constitucional? de verdad? ¿y que me dices entonces de estas 34 denunciadas por la Generalitat y que el TC falló a favor de esta?y al final añado otros incumplimientos de la ley por parte del gobierno central contra Catalunya." Por favor, esfuérzate un poquito y redacta mejor, porque no se entiende que cojones quieres decir. Las sentencias se deben cumplir. Es lo que tienen los estados de derecho, que las leyes hay que cumplirlas.

"leyes internacionales que España no cumple" ¿Cuales?

Excelente tu lista. Ahora me explicas una por una, que dice cada sentencia y en qué no está cumplida. De lo contrario tu "argumento" se queda en una simple lista que cualquiera puede inventarse. ¿O pretendes que sea yo quien haga una labor de investigación y me tire medio día buscándolas y comprobándolas?

Robus

#21 ¿O pretendes que sea yo quien haga una labor de investigación y me tire medio día buscándolas y comprobándolas?

Vale... entonces Catalunya no es España... ya que no me aportas ninguna prueba de que eso sea así.ç

Pero coincido contigo... España no es un estado de derecho.

Olarcos

#22 "entonces Catalunya no es España" jajajajajaja claro, porque tú lo dices aquí y ahora. Espera que llamo a la Moncloa, porque creo que allí no se han enterado.

Robus

#24 No me has aportado ninguna prueba ¿por que habría de creerte?

Olarcos

#26 No, no lo hagas.

https://es.wikipedia.org/wiki/Conflicto_de_los_bienes_eclesi%C3%A1sticos_de_la_Franja

Es especialmente interesante el apartado: Otros conflictos similares.

La Generalidad exige a los demás lo que no hace ella misma. Con dos cojones.

Robus

#29 Claroooo... y yo he de creerme lo que dices en ese enlace... ¿no? roll

lol lol lol

Olarcos

#30 El enlace es de wikipedia, con sus fuentes y referencias abajo del todo. Si me estás diciendo que es lo mismo que tu lista de antes... para descojonarse vamos.

Robus

#32 Pues descojonate... pero te doy una lista exaustiva de los casos y tu me dices que no me crees y pides que te los demuestre uno a uno!

Pues yo me niego a creerme nada que me digas tu.

Olarcos

#34 No hombre, uno a uno no. Demuestra un par de ellos. Con eso es suficiente. Y aunque los demostraras (que está por ver), no quiere decir que el que uno no cumpla con la ley te de patente de corso para hacer tu lo mismo. Yo robo porque mi vecino roba. Tu vecino tiene que cumplir la ley y tú también.

Robus

#38 Tu vecino tiene que cumplir la ley y tú también.

Espero que España la cumpla cuando Catalunya sea su país vecino... mientras tanto ya veo que no.

Olarcos

#20 Genial! jajajajja y me citas los papeles de Salamanca, cuando resulta que una parte de ellos tienen que volver al Archivo General de la Guerra Civil y la Generalidad ha dicho que tururú... lo mismo que con las piezas de arte de la Franja, o piezas del Museo Nacional de Arte de Cataluña que reclama Castilla y León... la virgen. Ver la paja en el ojo ajeno y no la viga en el propio se llama eso.

Robus

#23 Er... sabes que Grecia también pide piezas al British Museum... ¿verdad?

Pues la diferencia es que las de Catalunya fueron "pagadas" a los propietarios legales de estas... al contrario que las del British.

¿que te parece mal lo del British? pues continua por el Louvre, el Ermitage, el museo de Turín, el de Frankfurt... roll

Olarcos

#25 ¿Ah si? Las obras de la Franja las han pagado? ¿Los papeles que tienen que volver al Archivo también? ¿Las que reclama Castilla y León también están pagadas? ¿Por quién? ¿Cuándo?

Que me compares con el Museo Británico y el expolio en Grecia...

Robus

#27 Las obras de la franja las han pagado, efectivamente... y lo hicieron porque estaban a punto de pudrirse ya que nadie las cuidaba...

¿O eso no os lo han contado?

Es igual, para que voy a discutir contigo si te pongo los datos y no te los crees...

Olarcos

#28 No, no se han pagado. Las obras de la Franja se las han llevado directamente. Lo que pagaron fueron las obras del monasterio de Sijena, pero Aragón tenía derecho al tanteo, por lo tanto la venta es ilegal.

Robus

#31 Dame pruebas!

¿O pretenderás que sea yo el que vaya a comprobarlo? roll

A ver si ahora te das cuenta de que pasa si das esa respuesta cuando no te interesan los datos.

Olarcos

#33 A ver Robus, que parece que te "cuesta" entender las cosas: que me pongas una lista de sentencias y que me digas que están incumplidas, me tengo que buscar la sentencia, ver que efectivamente en ella está lo que tú expones y además luego tengo que buscar la información que corrobore el que efectivamente no está cumplida, para nada es similar a DATOS y REFERENCIAS que aparecen en un artículo de wikipedia. ¿Esa es tu forma de argumentar? Muy pobre me parece.

Robus

#35 Te presento una lista detallada y me dices que no te lo crees y que te presente pruebas...

Pues que se crea otro lo que dices tu....

Es1962

Cataluña, vota y se queda en españa, los independientes dimiten y se van a rusia

Olarcos

#2 Si hombre ¡Pobres rusos!

Es1962

#16 elige pais,pero que se vayan muy lejos

Robus

El Constitucional dice... como si todavía le hiciesemos caso!

Olarcos

#14 Sí señor, porque los tribunales y las leyes os (no sé exactamente quien para ti es ese os, desde luego no la totalidad de los 7 millones de personas que viven en tu ombligo) las saltáis a la torera. Muy buen país de la piruleta se construirá así: diciendo que los tribunales y las leyes no están para ser cumplidos y un excelente ejemplo para el mundo. "Ey aceptadnos como país, que nosotros seguiremos las leyes y tratados internacionales según nos convenga".

Robus

#18 Ah... ¿sí? ¿deben cumplirse las sentencias del Tribunal constitucional? de verdad? ¿y que me dices entonces de estas 34 denunciadas por la Generalitat y que el TC falló a favor de esta?y al final añado otros incumplimientos de la ley por parte del gobierno central contra Catalunya.

¿O es que la ley solo la deben cumplir algunos? roll

ah y respecto al: "nosotros seguiremos las leyes y tratados internacionales según nos convenga" también he añadido las leyes internacionales que España no cumple...

Todas estas sentencias del TC no han sido obedecidas por el gobierno central:

1. STC 188/2001, de 20 de septiembre, dictada en relación con la orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 15 de junio de 1994, por la que se convocan becas y ayudas al estudio de carácter general para estudios universitarios y medios para el curso académico 1994-1995, y el orden de 30 de junio de 1997, del Ministerio de Educación y Cultura, por la que se convocan becas y ayudas al estudio de carácter general, para estudios universitarios y medios para el curso 1997-1998.

2. STC 25/2015, de 19 de febrero, dictada en relación con el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de becas y ayudas al estudio personalizadas.

3. STC 95/2016, de 12 de mayo, dictada en relación con el Real Decreto 609/2013, de 2 de agosto, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y los importes de las becas y ayudas al estudio para el curso 2013-2014 y se convocan becas de carácter general para el curso académico 2013-2014 para estudiantes que cursen estudios postobligatorios.

Servicios sociales (24): 11 del TC, 6 del TS y 7 de la AN. La última, de enero de 2017.
4. STC 178/2011, de 8 de noviembre, dictada en relación con la orden TAS / 893/2005, de 17 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones sometidas al régimen general de subvenciones del área de Servicios Sociales, Familias y Discapacidad.

5. STC 177/2012, de 15 de octubre, dictada en relación con el orden SAS / 2080/2009, de 21 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones sometidas al régimen general de subvenciones de la Secretaría general de Política Social y Consumo.

6. STC 227/2012, de 29 de noviembre, dictada en relación con la Orden TAS / 3441/2005, de 2 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca, para el año 2005, la concesión de subvenciones a municipios y mancomunidades de municipios para el desarrollo de programas innovadores a favor de la integración de inmigrantes.

7. STC 226/2012, de 29 de noviembre, dictada en relación con la orden TAS / 1948/2005, de 8 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca para el año 2005 la concesión de subvenciones para el desarrollo de proyectos de innovación en los servicios sociales.

8. STC 243/2012, de 17 de diciembre, dictada en relación con el orden SSI / 1209/2012, de 4 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones sometidas al régimen general de subvenciones de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad.

9. STC 21/2013, de 31 de enero, dictada en relación con la orden TAS / 892/2006, de 23 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de subvenciones para la realización de programas de cooperación y voluntariado sociales con cargo a la asignación tributaria del impuesto sobre la renta de las personas físicas.

10. Sentencia del Tribunal Constitucional 26/2013, de 31 de enero, dictada en relación con la orden TIN / 2158/2008, de 18 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones a entidades locales para el desarrollo de programas innovadores a favor de la integración de inmigrantes y contra la resolución de 11 de agosto de 2008, de la Dirección General de integración de los inmigrantes, por la que se convoca la concesión de subvenciones a municipios , mancomunidades de municipios y comarcas para el desarrollo de programas innovadores a favor de la integración de inmigrantes.

11. Sentencia del Tribunal Constitucional 52/2013, de 28 de febrero, dictada en relación con el orden SAS / 1352/2009, de 26 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de subvenciones para la realización de programas de cooperación y voluntariado sociales con cargo a la asignación tributaria del IRPF.

12. Sentencia del Tribunal Constitucional 70/2013, de 14 de marzo, dictada en relación con el orden SSI / 1199/2012, de 4 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de subvenciones para la realización de programas de cooperación y voluntariado sociales con cargo a la asignación tributaria del impuesto sobre la renta de las personas físicas.

13. Sentencia del Tribunal Constitucional 154/2013, de 10 de septiembre, dictada en relación con la resolución de 14 de julio de 2008 de la Dirección General de Inmigración, por la que se convocan subvenciones públicas para habilitación de plazas de alojamiento .

14. Sentencia del Tribunal Constitucional, de 19 de enero de 2017, dictada en relación con la resolución de 18 de mayo de 2016, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que se convocan subvenciones estatales destinadas a la realización de programas de interés general con cargo a la asignación tributaria del impuesto sobre la renta de las personas físicas.

15. Sentencia del Tribunal Supremo 8750/2011 de 16 de diciembre de 2011, dictada en relación con la orden TAS / 592/2008, de 29 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de subvenciones para la realización de programas de cooperación y voluntariado sociales con cargo a la asignación tributaria del impuesto sobre la renta de las personas físicas.

16. Sentencia del Tribunal Supremo 4591/2012 de 18 de junio de 2012, dictada en relación con la orden TAS / 421/08, de 19 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones sometidas al régimen general de subvenciones de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales, Familias y Discapacidad.

17. Sentencia del Tribunal Supremo de 20 de octubre de 2015, dictada en relación con el orden ESS / 1744/2012, de 2 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones a entidades locales para el desarrollo de programas innovadores a favor de la integración de inmigrantes.

18. Sentencia del Tribunal Supremo de 21 de mayo de 2015, dictada en relación con el Real Decreto 535/2013, de 12 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades del tercer sector ámbito estatal colaboradoras con la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad.

19. Sentencia del Tribunal Supremo de 15 de marzo de 2016, dictada en relación con el Real Decreto 536/2013, de 12 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones estatales destinadas a la realización de programas de interés general con cargo a la asignación tributaria del impuesto sobre la renta de las personas físicas en el ámbito de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad.

20. Sentencia del Tribunal Supremo de 28 de noviembre de 2016, dictada en relación con la Resolución de 14 de mayo de 2013, por la que se convocan subvenciones en el área de integración de personas inmigrantes.

21. Sentencia de la Audiencia española de 27 de marzo de 2013, dictada en relación con la resolución de 12 de agosto de 2009, de la Secretaría General de Política Social y Consumo, por la que se convoca la concesión de subvenciones sometidas al régimen general de subvenciones en el área de atención a las personas con discapacidad para el año 2009.

22. Sentencia de la Audiencia española de 24 de julio de 2013, dictada en relación con la orden TIN / 2158/2008, de 18 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones a entidades locales para el desarrollo de programas innovadores a favor de la integración de inmigrantes, y contra la resolución de 11 de agosto de 2008, de la Dirección General de integración de los inmigrantes, por la que se convoca la concesión de subvenciones a municipios, mancomunidades de municipios y comarcas para el desarrollo de programas innovadores a favor de la integración de inmigrantes.

23. Sentencia de la Audiencia española de 30 de octubre de 2013, dictada en relación con el orden SSI / 1209/2012, de 4 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones sometidas al régimen general de subvenciones de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad.

24. Sentencia de la Audiencia española de 20 de noviembre de 2013, dictada en relación con el orden ESS / 1744/2012, de 2 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones a entidades locales para el desarrollo de programas innovadores a favor de la integración de inmigrantes

25. Sentencia de la Audiencia española de 12 de febrero de 2014, dictada en relación con la resolución de 24 de septiembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que se convocan subvenciones en las áreas de servicios sociales, familias e infancia, correspondientes al año 2012.

26. Sentencia de la Audiencia española de 28 de septiembre de 2016, dictada en relación con el orden SPI / 1166/2011, de 28 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones sometidas al régimen general de subvenciones de la Secretaría general de Política Social y Consumo.

27. Sentencia de la Audiencia española de 30 de noviembre de 2016, dictada en relación con la resolución de 9 de abril de 2014, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, p

Robus

#18 Continuo aquí, que al ser tantas las leyes incumplidas por el estado central que no caben en un solo comentario:

27. Sentencia de la Audiencia española de 30 de noviembre de 2016, dictada en relación con la resolución de 9 de abril de 2014, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que se convocan subvenciones a entidades del tercer sector de ámbito estatal colaboradoras con la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad.

Cultura (4): todas del TC. La última, de octubre de 2013.
28. Sentencia del Tribunal Constitucional 109/1996, de 13 de junio, dictada a raíz del conflicto positivo de competencias 2390/1989, en relación con determinados preceptos de la orden de 10 de julio de 1989, que regula las subvenciones y las ayudas a los museos que integran mediante convenio con el Ministerio de Cultura en el sistema español de museos.

29. Sentencia del Tribunal Constitucional 71/1997, de 10 de abril, dictada a raíz de los conflictos de competencias acumulados 2033/1990 y 2745/1990, promovido respeto del orden del Ministerio de Cultura de 16 de marzo de 1990, por la se establece la normativa de ayudas al sector del libro español y la orden del Ministerio de Cultura de 30 de julio de 1990 sobre ayudas financieras a la inversión en el sector del libro.

30. Sentencia del Tribunal Constitucional 89/2012, de 7 de mayo de 2013, dictada a raíz del conflicto de competencia 5.854-2.008, en relación con determinados preceptos de la resolución de 13 de marzo de 2013, del Instituto de las Artes Escénicas y de la Música español, por la que se convocan ayudas dentro del programa de espacios escénicos de nueva generación, correspondientes al año 2008.

31. Sentencia del Tribunal Constitucional 179/2013, de 21 de octubre de 2013, recaída en el conflicto de competencia 190-2013, en relación con determinados preceptos de la resolución de 31 de agosto de 2012, de la Secretaría de Estado de Cultura, por la que se convocan ayudas a corporaciones locales para actividades culturales que fomenten la comunicación cultural, correspondientes al año 2012.

Medio (3): 2 del TC y 1 del TS. La última, de julio de 2016.
32. Sentencia del Tribunal Constitucional 144/2014, de 22 de septiembre de 2014, dictada en relación con la orden ARM / 2876/2008 en materia de ayudas a subvenciones a asociaciones y organizaciones no gubernamentales para actuaciones relacionadas con la defensa del medio natural y la biodiversidad, la utilización sostenible de los recursos naturales y la prevención de la contaminación y del cambio climático.

33. Sentencia del Tribunal Constitucional 113/2013, de 9 de mayo de 2013, dictada en relación con la orden ARM / 1593/2009, en materia de subvenciones a asociaciones declaradas de utilidad pública y fundaciones adscritas al protectorado del Ministerio de Medio ambiente, Medio Rural y Marino, para fines de interés social de carácter ambiental.

34. Sentencia del Tribunal Supremo de 21 de julio de 2016, dictada en relación con el RD 699/2013, de 20 de septiembre, para la concesión de subvenciones a entidades del tercer sector u organizaciones no gubernamentales que desarrollen actividades de interés general consideradas de interés social en la protección del medio.

La legalidad europea
Pero los incumplimientos de España van más allá de la legalidad española. Según el informe del Parlamento Europeo 'La aplicación de la ley en Europa', España es uno de los países que más incumple la legalidad comunitaria y el tercer estado con más expedientes abiertos por incumplir leyes europeas. Asimismo, según el documento, es el más incumplidor a la hora de ejecutar sentencias del Tribunal de Justicia de la UE.

más incumplimientos
Aparte las sentencias del TC y el TS, y de la legislación europea y las sentencias del TJUE, el gobierno ha hecho una recopilación, también, de los otros incumplimientos del Ejecutivo español. Se destacan los que hacen referencia a la cuestión de la financiación, las infraestructuras y la acogida de refugiados.

-Modelo De financiación. El nuevo modelo debería haber entrado en vigor el 1 de enero de 2014, hace ya más de tres años.

-Financiación Insuficiente de la ley de la dependencia. La ley establecía una financiación pública a partes iguales entre el estado y las comunidades autónomas. En 2015 la proporción fue: Generalidad 82% - estado 18%. El cierre del 2016 se prevé muy similar.

-disposición Adicional tercera del Estatuto de Autonomía de Cataluña. 3.808 millones de euros pendientes. Incumplimiento reiterado del estado de invertir en Cataluña en consonancia con su peso económico.

-Plan De cercanías 2008-2015. De los 4.000 millones de euros iniciales, se pasó al compromiso urgente de 306 millones con la ministra Ana Pastor 2014 hasta 2016. Sólo hay en servicio un 5%.

-Acogida De refugiados. El estado español incumple el compromiso que adoptó con la UE de acoger 17.337 refugiados. A estas alturas ha recolocados 398 en España. Y en Cataluña sólo han llegado 124. Desde el primer momento, el gobierno de Cataluña anunció que estaba preparado para acoger 4.500 refugiados y así lo comunicó al comisario europeo de inmigración.

-'Papers De Salamanca '. Más de once años para conseguir el retorno íntegro de los documentos incautados durante la guerra de 1936-1939.