Hace 4 años | Por Friholito a lawyerpress.com
Publicado hace 4 años por Friholito a lawyerpress.com

La promotora no entregó la vivienda, a pesar de que cobró entregas a cuenta de la misma, para acabar desapareciendo y declararse en concurso de acreedores. El dictamen judicial dice que la entidad bancaria tuvo la ocasión de controlar los pagos y conocía que existía una línea de avales para la promoción donde el afectado compró la vivienda, con lo que a través de esta pasividad colabora indirectamente en el incumplimiento por el promotor de las obligaciones derivadas de la Ley 57/1968.