Una mujer española que quiere quedarse embarazada de su marido fallecido, y que pidió a Francia que autorizara el envío del esperma congelado a España [..] En Francia, la inseminación post mortem está prohibida, mientras que en España puede realizarse, en un plazo de un año tras la defunción.
Es que se la cogen con papel de fumar, seguro que el difunto estaba en regla con el impuesto de trasmisiones patrimoniales y donaciones y la había dejado como heredera y usufructuaria. Además, el marido dejó la muestra precisamente con ese fin.
Comentarios
En un medio AEDE: http://www.elmundo.es/cronica/2016/06/15/575af220e2704eb0128b45c2.html
¡Tremenda inseminación!
Y yo me pregunto, si eres donante de semen en francia y falleces, retiran tu semen el banco?
#3 Te cobran comisión de cancelación.
Melafo
#4 su marido aun puede hacerlo
#7 esto cuenta como necrofilia?
Me sorprende que estas cosas estén reguladas pero haya que cambiar la ley de educación entre una y dos veces cada cuatro años.
Es que se la cogen con papel de fumar, seguro que el difunto estaba en regla con el impuesto de trasmisiones patrimoniales y donaciones y la había dejado como heredera y usufructuaria. Además, el marido dejó la muestra precisamente con ese fin.