Publicado hace 1 año por me_joneo_pensando_en_ti a confilegal.com

Desde la AEPD han apuntado que “los informes y diagnósticos relativos a las situaciones de baja temporal no tienen que ser conocidos ni por los superiores jerárquicos ni por las personas encargadas de fijar diariamente los servicios a desempeñar por el personal destinado en la Unidad correspondiente”. Y la citación al gabinete de psicología era un dato “no pertinente, adecuado ni necesario” en la comunicación efectuada de situación de baja temporal”. Pues lo correcto hubiese sido decírselo directamente a la persona afectada.

Comentarios

janatxan

Estan tan acostumbrados a hacer lo que les sale de los cojones limpiandose el culo con las leyes que rigen a los pringados.