#2 Fresenius (los sobornadores dueños del Grupo Quirón) sólo con el hospital Fundación Jiménez Díaz nos percuten al erario más de 500 millones anuales. Imagina por dónde se pasan esa multa.
Lo que nunca entendí es porque un porcentaje de ese dinero no va al denunciante. Entiendo que es que tienen ,miedo que entonces saldrían miles de denuncias y muchos poderosos palmarían mucho dinero.
#5 Espera, que me saco el palillo de la boca.
Porque se trata de una sanción administrativa. Además es susceptible de ser recurrida en la vía jurisdiccional contencioso-administrativa, es decir, que Quirón tiene todavía mucha vía para recurrir. Si se resolviese en contra de Quirón después de años de litigio, quedando acreditado que sí ha vulnerado el derecho fundamental a la intimidad del afectado, es entonces, en ese momento, que éste podría demandar a Quirón por en la vía jurisdiccional civil reclamando el daño y perjuicio que estimare conveniente. Pero ojo, este caso también tardaría años en resolverse.
Quiero decir, dependiendo de la edad del afectado, antes se muere que ver un céntimo.
#6 No te saques el palillo de la boca. Yo he abierto hora una reclamación por derecho sucesorio. Calculo que entre que me den fecha y que haya recurso, tardará entre 5-7 años en resolverse. Y cuando hayamos llegado al supremo o haya renunciado a recurrir, cobraré lo que considero que se me debe.
por un lado, en AEPD los tiempo suelen ser más rápidos para haya resolución. Creo que 18 meses como máximo en temas complejos y luego, o recurre en un mes o tiene 2 meses para ir a Contencioso -… » ver todo el comentario
www.newtral.es/impuestos-gasolina-ester-munoz-factcheck/20260311/
Nada, nada, Quirón recibira su diezmo gracias a la frutera.
Porque se trata de una sanción administrativa. Además es susceptible de ser recurrida en la vía jurisdiccional contencioso-administrativa, es decir, que Quirón tiene todavía mucha vía para recurrir. Si se resolviese en contra de Quirón después de años de litigio, quedando acreditado que sí ha vulnerado el derecho fundamental a la intimidad del afectado, es entonces, en ese momento, que éste podría demandar a Quirón por en la vía jurisdiccional civil reclamando el daño y perjuicio que estimare conveniente. Pero ojo, este caso también tardaría años en resolverse.
Quiero decir, dependiendo de la edad del afectado, antes se muere que ver un céntimo.
por un lado, en AEPD los tiempo suelen ser más rápidos para haya resolución. Creo que 18 meses como máximo en temas complejos y luego, o recurre en un mes o tiene 2 meses para ir a Contencioso -… » ver todo el comentario
ME ALEGRO !!!