El Código Penal contempla sanciones por sobornos a cambio de contratos, pero la dificultad de vincular donaciones con adjudicaciones concretas y de atribuir acciones individuales a la empresa favorece a los inductores de la corrupción.
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Es decir, NADIE absolutamente NADIE que en la actualizad forma o formará (herederos) parte de los réditos económicos de la corrupción, puede acceder a ningún contacto y céntimo público durante 250 años.
Verás como se vigilan unos a otros para que nadie la cague
Los ricos siempre pagan: o los impuestos, o los sicarios. Lo que más barato les salga.