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La AEPD advierte: las empresas deben recabar consentimiento expreso antes de añadir móviles personales a grupos de WhatsApp

La AEPD advierte: las empresas deben recabar consentimiento expreso antes de añadir móviles personales a grupos de WhatsApp

Dos resoluciones recientes de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) —sanciones de 2.000€ y 70.000€— confirman que incluir a un trabajador en un grupo corporativo de WhatsApp o enviarle mensajes laborales a su número privado constituye un tratamiento de datos que exige una base de legitimación. Las empresas que obvien ese requisito se exponen a fuertes multas y a la obligación de implantar medidas correctoras.

| etiquetas: datos , laboral , empleo , whatsapp
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Esto también se debería hacer para las AMPA
Que paguen el slack, o el teams o cualquier otro sistema de mensajería interna.

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