v

#45 La mayor parte del presupuesto en pagar al alcalde?
El presupuesto anual es de unos 3.000.000€

v

#8 El aeropuerto de Málaga es el cuarto en número de pasajeros en verano, a mucha distancia del tercero.

v

#48 No se necesita permiso para manifestarse.
Constitución española, articulo 21:

1. Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de este derecho no necesitará autorización previa.
2. En los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará comunicación previa a la autoridad, que sólo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes.

v

#78 Esta foto está tomada en Sofía, Bulgaria, en el 2017.

#90 ¿Pero de verdad la gente no sabe que se pueden hacer una busqueda inversa de imágenes?

https://tineye.com/search/cc876091595ab17de241d68fa243749169769700?sort=score&order=desc&page=1

D

#90 ¿Esta?

v

#9 La recogida de residuos no es un impuesto, sino una tasa, que sólo puede cubrir el coste del servicio. Tampoco sería legal.

J4cklpn

#16 gracias por la matización, pero podrían igualmente desglosar esa tasa y sería tan "ilegal" como la plusvalía. Seguro que se las apañarían para justificar esa subida del coste del servicio basándose en supuestos relacionados con la sostenibilidad y el medio ambiente

v

#14 El nitrógeno para fertilizantes se extrae del aire atmosférico, y el potasio es relativamente abundante.

Technics

#28 #30 #31 Si claro, pero y la energía que requiere? El proceso Haber-Bosch para la obtención de fertilizantes representa más del 8% del consumo total de energía global. ¿Que pasa cuando empieza a haber falta de materias primas y gas y petróleo, el precio se mantiene? Yo no lo creo.

box3d

#46 Renovables! La solución a todo!
(Respuesta con contenido similar de seriedad y sarcasmo)

L

#54 para algunas cosas si, para otras cosas no

v

#3 Israel ha vacunado principalmente con la vacuna de Pfizer. No se ha vacunado con la de Astrazeneca.

v

#2 Curioso que acuses de prejuicios, siendo tu el que ha supuesto en primer lugar que #1 es blanco.

D

#25 Última imagen conocida de #1

v
io1976

#20 Por supuesto que no lo hay, pero eso díselo a la CAM que en año pasado dijo que iba a contratar rastreadores para poder avanzar en la desescalada y aún los están esperando por allí, creo de hecho que los buscaron en las mutuas y en personal voluntario.

v

#15 El problema es que nos hacen creer que los casos excepcionales son la norma.

io1976

#16 No serán la norma, pero son suficiente para desatar un foco serio de contagios, si no mira en Madrid lo que está pasando en las zonas de Chamberí, Retiro o barrio Salamanca.

v

#19 No desvíes el tema. No hay excusa para no hacer rastreo.

io1976

#20 Por supuesto que no lo hay, pero eso díselo a la CAM que en año pasado dijo que iba a contratar rastreadores para poder avanzar en la desescalada y aún los están esperando por allí, creo de hecho que los buscaron en las mutuas y en personal voluntario.

v

#2 1. algunos pocos se saltan la cuarentena pero salen en las noticias.
2. Los jueces desestiman las cuarentena en los casos injustificados, que son pocos, pero también salen en las noticias.

io1976

#10 ¿El problema es que salgan en las noticias?

v

#15 El problema es que nos hacen creer que los casos excepcionales son la norma.

io1976

#16 No serán la norma, pero son suficiente para desatar un foco serio de contagios, si no mira en Madrid lo que está pasando en las zonas de Chamberí, Retiro o barrio Salamanca.

v

#19 No desvíes el tema. No hay excusa para no hacer rastreo.

io1976

#20 Por supuesto que no lo hay, pero eso díselo a la CAM que en año pasado dijo que iba a contratar rastreadores para poder avanzar en la desescalada y aún los están esperando por allí, creo de hecho que los buscaron en las mutuas y en personal voluntario.

v

#98 Si, tienes razón, podría permitir todo lo que dices.
Pero al ser estado de excepción estas restricciones tendría que aprobarlas el congreso, no como el estado de alarma que lo puede decretar el gobierno directamente.

jobar

#119 Ya pero en una crisis de meses dónde el estado de alarma tiene que ser prorrogado al final es lo mismo. De hecho si no me equivoco no se exige una mayoría cualificada en la votación, y si fuera urgente el estado de excepción se podría autorizar por la diputación permanente.

v

#19 El estado de alarma no es mas restrictivo que el de excepción. Las restricciones se definen en el decreto que los declara. Que se permitan restricciones más severas no implica que se tengan que aplicar.

Por ejemplo:
Declaración de estado de alarma con toque de queda de 1 a 6
Declaración de estado de excepción con toque de queda de 2 a 5
En este caso es mas restrictivo el estado de alarma porque así se ha declarado. (Ojo, sólo es un ejemplo para que se entienda mi punto)

v

#3 El estado de excepción no implica todo eso, solo lo permite.
Cuando se declara el estado de excepción se definen cuales son los derechos que se restringen. Se puede declarar el estado de excepción restringiendo solo alguno de los derechos. Que se declare un confinamiento no significa que se permita la intervención de las comunicaciones si no esta explícito en el propio decreto.

jobar

#47 Todo eso no, aunque sea el estado de excepción más light, las siguientes cosas van en el pack:

-posibilidad de detener a "agitadores" hasta el máximo de 10 dias art. 16 (LO4/81).
-intervenir industrias y comercios.
-intervenir y controlar transportes y carga.
-control de extranjeros y posibilidad expulsarles a lo loco.
-suspender funcionarios cacerolos.

Luego si se acuerda la suspensión de derechos fundamentales concretos, tendrían competencias que harían correrse del gozo al canciller Palpatine.
Libertad!

v

#98 Si, tienes razón, podría permitir todo lo que dices.
Pero al ser estado de excepción estas restricciones tendría que aprobarlas el congreso, no como el estado de alarma que lo puede decretar el gobierno directamente.

jobar

#119 Ya pero en una crisis de meses dónde el estado de alarma tiene que ser prorrogado al final es lo mismo. De hecho si no me equivoco no se exige una mayoría cualificada en la votación, y si fuera urgente el estado de excepción se podría autorizar por la diputación permanente.

x

#98 el derecho a abortar no es la obligación de abortar. Pues lo mismo.

MalvadoAspersor

#98 No tiene por qué. Según el art. 13, 2b de esa misma ley " El Gobierno remitirá al Congreso de los Diputados una solicitud de autorización que deberá contener los siguientes extremos b) Relación de las medidas a adoptar referidas a los derechos cuya suspensión específicamente se solicita."

Luego se puede pedir un estado de alarma reforzado SIMPLEMENTE CON CONFINAMIENTO DOMICILIARIO pero con las garantías de las del de excepción.

jobar

#289 Eso es para la suspensión de derechos concretos que haces un listado y los pides, pero otros van con la mera declaración del estado de alarma, si lees el artículo 16 la policía podría haber detenido a los cacerolos o a sus líderes durante 10 dias si hubieran querido. Imagínate la broma.

MalvadoAspersor

#306 No, si el Gobierno no se "propasó" teniendo en sus manos instrumentos para ello. De hecho, ni siquiera considero que sea una cagada de nadie. Simplemente, sus servicios jurídicos (y aquí es donde hay que pegarle un capón a la Abogacía del Estado) evaluaron mal el procedimiento por el que declarar el confinamiento domiciliario. En la duda siempre hay que pasarse de garantista.

Pero es más un tema técnico-jurídico que político.

O

#47 Exacto.

v

#469 Efectivamente pongo dos artículos que regulan el estado de excepción para compararlos y demostrar que encajan más con lo que se hizo.

Fué una prohibición porque la regla general era que no se podía salir y se enumeraban una serie de excepciones. Una limitación sería al revés, la regla general serís que se puede salir y se prohíbe para ciertos casos.
Por ejemplo:
Prohibir: "Se prohíbe salir excepto tirar la basura."
Limitar: "No se puede salir a correr"

pichorro

#488 ¿Que encajara más el estado de excepción que el de alarma? Puede ser. Pero recordarás lo difícil que fue conseguir que el parlamento aprobara el de alarma. Si lo hubieran intentado con el de excepción no creo que lo hubieran conseguido. Y total... si con el estado de alarma la ley ya contempla las medidas aprobadas, ¿para qué más?

v

#310
Artículo trece.
Cuando el libre ejercicio de los derechos y libertades de los ciudadanos, el normal funcionamiento de las instituciones democráticas, el de los servicios públicos esenciales para la comunidad, o cualquier otro aspecto del orden público, resulten tan gravemente alterados que el ejercicio de las potestades ordinarias fuera insuficiente para restablecerlo y mantenerlo, el Gobierno, de acuerdo con el apartado tres del artículo ciento dieciséis de la Constitución, podrá solicitar del Congreso de los Diputados autorización para declarar el estado de excepción.

Artículo veinte.

Uno. Cuando la autorización del Congreso comprenda la suspensión del artículo diecinueve de la Constitución, la autoridad gubernativa podrá prohibir la circulación de personas y vehículos en las horas y lugares que se determine, y exigir a quienes se desplacen de un lugar a otro que acrediten su identidad, señalándoles el itinerario a seguir.


Hay diferencia entre limitar y prohibir la circulación. Lo que describe el artículo 20 es exactamente lo que pasó, o al menos en mi caso.
Hay que recordar también que de facto se prohibió el derecho de manifestación y la libertad de reunión, derechos que no pueden ser restringidos por el estado de alarma.

La verdad no entiendo que problema hay en que el TC revise si se ha aplicado correctamente la legislación. No creo que nadie defienda que no se tuviese que hacer el confinamiento, pero debería haberse seguido el cauce legal correcto.

pichorro

#397 Los dos artículos que señalas se corresponden con la regulación del estado de excepción, no del estado de alarma. Por lo tanto, no veo qué relación tiene con lo que discutimos.

Y no veo diferencia alguna entre "limitar" y "prohibir" la circulación. De hecho, prohibida del todo nunca estuvo. Se podía salir a tirar la basura, en caso de urgencias... Lo siento, pero no lo veo.

v

#469 Efectivamente pongo dos artículos que regulan el estado de excepción para compararlos y demostrar que encajan más con lo que se hizo.

Fué una prohibición porque la regla general era que no se podía salir y se enumeraban una serie de excepciones. Una limitación sería al revés, la regla general serís que se puede salir y se prohíbe para ciertos casos.
Por ejemplo:
Prohibir: "Se prohíbe salir excepto tirar la basura."
Limitar: "No se puede salir a correr"

pichorro

#488 ¿Que encajara más el estado de excepción que el de alarma? Puede ser. Pero recordarás lo difícil que fue conseguir que el parlamento aprobara el de alarma. Si lo hubieran intentado con el de excepción no creo que lo hubieran conseguido. Y total... si con el estado de alarma la ley ya contempla las medidas aprobadas, ¿para qué más?

v

#2 Lo que aparece en las pinturas es un Níspero europeo. En tu imagen sale lo que comúnmente se llama níspero japonés.
https://es.wikipedia.org/wiki/Mespilus_germanica
https://es.wikipedia.org/wiki/Eriobotrya_japonica

xpectral

#5 ah ya decía yo siempre se aprende algo nuevo, gracias

N

#10 go to #5 #3 antes en Mallorca eran muy comunes, hablo de hace unos 50 años, pero el nispero japonés lo ha desplazado. Basicamente el que no se ha comido un níspero europeo creo que eres tu!

DogSide

#8 "Nespla - nesples" en catalán.

Como bien comenta #19 en Mallorca eran muy comunes hace unos cuantos años, pero ahora se vuelven a ver a veces en los mercados. Claro que son caros y duran muy poco.

D

"los nísperos no son comestibles hasta que no han empezado a pudrirse"

¿De dónde han sacado esta tontería?

editado:
Vale, #5 lo ha explicado.

v

#11 Tanto el convenio de Berna, como la directiva de hábitats de la CEE y también el Real Decreto 139/2011 regulan la conservación de vida silvestre y sus hábitats naturales. Ibiza no es el hábitat natural de la serpiente de herradura porque es una especie invasora.

D

#14 Ok, una exención europea permite exterminarlas en defensa de la lagartija, no se orque me habia quedado yo con Mallorca.

adot

#15 Es que en Mallorca la serpiente de herradura también es una especie invasora y de hecho tenemos el mismo problema por culpa de los olivos ornamentales.

llorencs

#15 Y de hecho en Mallorca también se pueden capturar al ser una especie invasora.

v

#9 Todas las serpientes en Ibiza son consideradas como especies invasoras. De hecho hasta el 2003 no se detectó la presencia de serpientes en la isla.

D

#10 Las serpientes de herradura, así como la garrida o la de agua están protegidas en toda España, es mas especies como la de herradura en Europa prácticamente quedan restringida a España y esta protegidas por el convenio de Berna y la directiva de habitats de la CEE.

v

#11 Tanto el convenio de Berna, como la directiva de hábitats de la CEE y también el Real Decreto 139/2011 regulan la conservación de vida silvestre y sus hábitats naturales. Ibiza no es el hábitat natural de la serpiente de herradura porque es una especie invasora.

D

#14 Ok, una exención europea permite exterminarlas en defensa de la lagartija, no se orque me habia quedado yo con Mallorca.

adot

#15 Es que en Mallorca la serpiente de herradura también es una especie invasora y de hecho tenemos el mismo problema por culpa de los olivos ornamentales.

llorencs

#15 Y de hecho en Mallorca también se pueden capturar al ser una especie invasora.

D

#7 No son autóctonas pero de todas formas están protegidas y ya forman parte del ecosistema.

v

#9 Todas las serpientes en Ibiza son consideradas como especies invasoras. De hecho hasta el 2003 no se detectó la presencia de serpientes en la isla.

D

#10 Las serpientes de herradura, así como la garrida o la de agua están protegidas en toda España, es mas especies como la de herradura en Europa prácticamente quedan restringida a España y esta protegidas por el convenio de Berna y la directiva de habitats de la CEE.

v

#11 Tanto el convenio de Berna, como la directiva de hábitats de la CEE y también el Real Decreto 139/2011 regulan la conservación de vida silvestre y sus hábitats naturales. Ibiza no es el hábitat natural de la serpiente de herradura porque es una especie invasora.

D

#14 Ok, una exención europea permite exterminarlas en defensa de la lagartija, no se orque me habia quedado yo con Mallorca.

adot

#15 Es que en Mallorca la serpiente de herradura también es una especie invasora y de hecho tenemos el mismo problema por culpa de los olivos ornamentales.

llorencs

#15 Y de hecho en Mallorca también se pueden capturar al ser una especie invasora.

BM75

#23 Podrías haber leído a #7 y el resto de comentarios...

v

#30 La nube no tiene por que ser de otro, puede ser tu propia nube.
Se le llama private cloud, y en mi trabajo es donde se ejecutamos la mayoría de aplicaciones.

LaInsistencia

#32 Aun cuando la nube sea privada, me sigue pareciendo un riesgo excesivo para un software que no va a requerir despliegues continuos ni movidas raras de Agile. En vez de tener algo corriendo sobre hierro lo tienes virtualizado, eso son capas extra con mas software que puede fallar y que requiere configurar y mantener. Y cualquiera que se haya dado de hostias con docker o kubernetes me dará la razón aquí... si puedes recompilarlo y echarlo a andar sobre un GNU/Linux moderno o equivalente, lo de las nubecitas sobra.

Idomeneo

#33 Nadie te obliga a usar docker o kubernetes. Puedes recompilarlo y echarlo a andar sobre un GNU/Linux moderno como dices tú, y que luego ese GNU/Linux moderno sea una máquina virtual, que puedes migrar fácilmente de un host a otro.

LaInsistencia

#34 Y pasas a tener dos sistemas que gestionar: el virtual y el real que hay debajo... doble de recursos para gestión.

Idomeneo

#35 La flexibilidad extra que obtienes bien lo merece. Sería como decir que (en una servidor físico) no quieres usar LVM porque con particiones sda1, sda2, sda3, etc ya tienes suficiente.

v

#55 En mallorca a los mayores con problemas de movilidad se les vacuna a domicilio.

v

#3 El delito contra la salud pública se refiere, a grandes rasgos, sólo al tráfico de drogas, de medicamentos y manipulación de alimentos.

fofito

#4 Acabo de informarme y, efectivamente, en España es como tu bien dices.

Me parece curioso que en México, Argentina, Colombia y Perú si se contemple como delito ciertos comportamientos en tiempos de pandemia.

Algo que bien merece una reflexión.

#6 Es tan sencillo como modificar la ley, pero llevamos más de un año de pandemia y parece q no les da la gana de trabajar al gobierno para crear un marco jurídico claro para la pandemia. Después nos extrañamos (o no) pq anulen multas, ect...