Establecer tipos mínimos supondría quitarle las competencias de legislación de los patrimonios a las comunidades autónomas, ya que todas las comunidades de régimen común tienen capacidad de legislar sobre los tipos marginales de los tributos cedidos, y violar dicha soberanía de cada comunidad sin cambiar la ley supondría una violación a la constitución. «Es completamente inconstitucionall», asegura Javier Santacruz, economista y profesor del Instituto de Estudios Bursátiles (IEB).
Comentarios
No sé porqué se preocupan.Si es inconstitucional pueden estar tranquilos y si es constitucional se hará y para llorar a Lourdes.
No hay subida de impuestos, hubo bajada, sobre todo a los grandes patrimonios.