Hace 5 años | Por pablisako a congreso.es
Publicado hace 5 años por pablisako a congreso.es

Proposición de Ley de Protección Integral de la Libertad Sexual y para la erradicación de las violencias sexuales. Presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.

Comentarios

manuelpepito

#7 Contra esa verdad no puedo luchar

D

#7 También están en tu armario y debajo de tu cama.

y

#7 Todas no, pero las que pone "género" son un 100% de feminazis. Auténticas fanáticas.

pablisako

Artículo 28.
Acreditación de la existencia de violencias sexuales.
El requisito para poder ejercer los derechos y acceder a los servicios previstos en esta Ley es la
acreditación de la existencia de una situación de violencia sexual. La acreditación no dependerá de la
voluntad de la víctima de emprender acciones legales ni de testimoniar contra el autor de la violencia
sexual.

Podrá utilizarse como documento acreditativo de la violencia sexual sufrida alguno de los siguientes
e) Certificación y/o informe de los servicios sociales y/o sanitarios de la Administración Pública
competente.
f) Certificación y/o informe de los servicios de acogida de la Administración Pública competente.
g) Informe técnico que recoja el dictamen profesional acerca de la condición de víctima de violencia
sexual de la solicitante.

D

#3 "El pene un arma blanca" lol

y

#5 Suele ser más bien violácea.

D

#5 Dales tiempo. Es la evolución natural de sus postulados enfermos.

D

#5 joder facheame, si eres antifeminazi!

hagamos las paces ya

D

#3 eso ha sonado heteropatriarcalmente racista. Flagelantes!

D

#21 Mierda tío! totalmente cierto. Machete al machote!

manuelpepito

#4 Joder leerlo, que sois tela de flojos. La ley es una puta mierda, pero quién tiene que emitir el informe está definido.

Las entidades con capacidad para emitir el informe a que se refiere la letra g) podrían ser las
siguientes:
a) Los Servicios Sociales de Atención Primaria.
b) Los Servicios Sanitarios de Atención Primaria.
c) Los Centros de Salud Mental.
d) Los Recursos de Acogida de Víctimas de Violencia de Género de la Comunidad Autónoma.
e) Los Equipos de Atención Integral a Víctimas de Violencia de Género y de violencias sexuales.
f) Los servicios municipales de atención a mujeres que cuenten con profesionales para una
intervención integral y multidisciplinar con mujeres víctimas de violencia de género y violencias sexuales
.

Para mí más impresionante es el artículo 38, paguitas traigo. Que no entiendo que el estado tenga que indemnizar a esta gente.

y

#6 Veamos el 38

Cuando las víctimas de violencias sexuales careciesen de rentas superiores, en cómputo mensual,
al salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias, recibirán
una ayuda económica equivalente a seis meses de subsidio por desempleo.


Me veo a todos los pelirrojos presionando (a su manera, es decir, amenazando) a las asistentas sociales para que les declaren lo de la paguita.

Es una mejora respecto a la situación actual que requiere denuncia, orden de alejamiento y por lo tanto estar siempre alerta para que no te pille la policía en casa. Mucho más facil ahora. La asistenta social les contestará also así como "el 10% para mi".

y

#4 Del mismo modo que la ley de violencia de género fué pensada como un coladero para las denuncias falsas.

y

#1 O sea, que se podrá acreditar violencia sexual de alguien que lo niega contra otro que lo niega igualmente, sólo porque una femiloca lo ponga en un informe.

Ahora solo falta que les den incentivos monetarios por el número de "violencias" que "acrediten".

Va a ser espectacular.

Si me pagan algo y fuera yo asistente social, me iba a hinchar a declarar violencias sexuales. Acreditaría una docena al día cada día. Me pago una casa.

tiopio

Es muy sencillo, todos los varones debemos pedir el cambio de sexo en el registro civil. Todos mujeres.

y

Empieza diciendo:

Las violencias sexuales son una manifestación de las violencias machistas. Los roles de género
sustentan la discriminación de las mujeres y la penalización, mediante formas violentas, de cualquier
expresión de la disidencia respecto a la normatividad heterosexual, sexual y de género.


Es todo falso.

La violencia sexual no tiene nada que ver con el machismo, sino que se debe a un montón de causas distintas, ninguna de las cuales es el machismo. Los roles de género existen pero no sostienen ninguna discriminación contra las mujeres, algo que no existe, ni mucho menos aún de formas violentas.

Están poniendo su ideología en la ley y eso solo puede causar daño, pues es una ideología sin ninguna relación con la realidad.

GeneWilder

#11 Bueno, si siguen por este camino es solo cuestión de tiempo que VOX lo arregle. No se puede estar mucho tiempo criminalizando por acción u omisión a la mitad de la población. Esto estallará por algún lado y como siempre ha ocurrido en la historia de España, el petardazo no va a ser pequeño.

y

Ésta no está mal:

«Es ilícita:
a) La publicidad que atente contra la dignidad de la persona o vulnere los valores y derechos
reconocidos en la Constitución, especialmente a los que se refieren sus artículos 18 y 20,
apartado 4. Se entenderán incluidos en la previsión anterior los anuncios que presenten a las
mujeres de forma vejatoria, bien utilizando particular y directamente su cuerpo o partes del mismo
como mero objeto desvinculado del producto que se pretende promocionar, bien su imagen
asociada a comportamientos estereotipados que vulneren los fundamentos de nuestro ordenamiento


En la publicidad de un producto lo único realmente necesario es que salga el producto, por lo tanto cualuier presencia mujeril es innecesaria y cae dentro de este artículo. Acaban de prohibir la presencia de mujeres en los anuncios.

Es aún mejor lo de los comportamientos estereotipados. Sólo van a permitir comportamientos raros, si es algo normal queda prohibido.

Por ejemplo, ¿Cómo hacer publicidad de maquillaje sin mostrar a una chica maquillada? Eso es estereotipado por un tubo.

y

Ojo a ésta:

Las personas trabajadoras que tengan la consideración de víctimas de violencia sexual o
de género o de víctimas del terrorismo que se vean obligados a abandonar el puesto de trabajo en
la localidad donde venían prestando sus servicios, para hacer efectiva su protección o su derecho
a la asistencia social integral, tendrán derecho preferente a ocupar otro puesto de trabajo, del
mismo grupo profesional o categoría equivalente, que la empresa tenga vacante en cualquier otro
de sus centros de trabajo.»


O cómo conseguir ese puesto que no te quieren dar pasando por delante de los demás. Método "shortcut".

y

. Si al acreditarse una situación de violencia sexual contra una mujer extranjera por cualquiera
de los medios previstos en el artículo 29 de la Ley Orgánica XX/2018 de Protección Integral de la
libertad sexual y para erradicación de las violencias sexuales se pusiera de manifiesto su situación
irregular, no se incoará el expediente administrativo sancionador por infracción del artículo 53.1.a)
o, en su caso, se suspenderán el expediente administrativo sancionador que se hubiera incoado y
la ejecución de las órdenes de expulsión o de devolución eventualmente acordadas


Lo traduzco: Si una mujer inmigrante ilegal se enfrentara con una expulsión, se puede librar de ello facilmente. Ni si quiera necesita de una denuncia falsa, basta con "acreditar".

D

Tenía que haberme sacado notaría... con lo que me gusta el vouyeur.