Hace 2 años | Por RamondePatas a expansion.com
Publicado hace 2 años por RamondePatas a expansion.com

El Tribunal Supremo ha dictaminado que el beneficiario de un seguro de accidentes dispone de un plazo de cinco años para solicitar una indemnización por fallecimiento, como dispone la Ley de Contratos de Seguros para pólizas relacionadas con personas. Según relatan los magistrados, el familiar del demandante murió mientras conducía el tractor de un tercero que tenía suscrita una póliza de seguro de automóviles, para uso propio, y en el ámbito de la circulación rural.

Comentarios

sorrillo

Me parece vergonzoso, para cobrar sí que perseguirán a quién haga falta pero a la hora de pagar no van a mover ni un dedo.

La aseguradora debería demostrar que ha hecho todo lo posible para contactar con el beneficiario y cumplir con sus obligaciones contractuales, de lo contrario se la debería condenar por estafa.

Y el estado debería actuar de oficio contra todas las pólizas no ejecutadas.

Enésimo_strike

#2 si hay pólizas no cobradas es por dejadez de los herederos. Hace años que es obligatorio inscribir los seguros de vida en el registro del ministerio de justicia, y se hace siempre. Cuesta menos de 4€ y lo puede pedir cualquiera. Se saca, generalmente, a la vez que el de ultimas voluntades.

Esto es una herramienta legal más para que los herederos no dejen prescribir las herencias.

Dicho todo esto.. ¿como se va a enterar la aseguradora de que el asegurado ha muerto y que además es por accidente?

sorrillo

#3 La información sobre la defunción de cualquier persona está al alcance de cualquier interesado, no es un dato que tenga ningún tipo de protección.

No habría ningún problema en que las aseguradoras pudieran consultar de forma telemática la defunción de cualquiera de sus clientes con quienes tienen contratado un seguro de vida.

Muchos seguros de vida pagan una cuota mensual o anual, en esos casos el mero hecho de dejar de recibir esas cuotas ya es un indicio en esa dirección.

Enésimo_strike

#4 para tener un certificado de defunción, que puede pedir cualquiera y gratis, hace falta saber nombre completo (fácil), pero también la localidad de defunción y el día. Y sin eso no podrás saber si alguien ha fallecido o no. Es relativamente difícil tener esos datos para alguien que no sea familia, además de que mucha gente no fallece en el municipio de residencia y más aún en accidentes.

Si que habría problemas porque el registro civil está en los juzgados y custodiados por jueces de paz y no está digitalizado. Y esas solicitudes masivas generarían una carga de trabajo in asumible para el penoso estado en que está la justicia en general y los registros en particular.

Cierto que el impago es un indicio, pero sin fecha y localidad es casi imposible saberlo. Lo que si se podría es crear un sistema de avisos desde el juzgado en caso de defunción por accidente que obligue a las aseguradoras a actuar, es la solución más viable que se me ocurre sin Heber que rehacer el sistema legal-administrativo al completo, cosa que por otra parte es de extrema necesidad.

kastanedowski

Y si te falta un documento ya no vas a tener tiempo para reclamar nada