Hace 9 años | Por --455148-- a elderecho.com
Publicado hace 9 años por --455148-- a elderecho.com

El Juzgado de lo Penal 3 de Madrid ha absuelto al hacker Daniel H. J. P., de 26 años, del delito de descubrimiento y revelación de secretos porque la red WIFI del vecino es la que accedió sin permiso del propietario (Daniel). La Fiscalía había pedido 4 años de cárcel por el presunto delito mencionado. El juez había puesto en libertad a Daniel a espera de juicio. Ahora el magistrado le da la razón a Daniel en sus alegaciones, y lo absuelve de todos los delitos. Daniel alegó en su defensa que: "no soy culpable de los delitos que se me imputan porque estaba en mi casa tranquilo y de repente la red WIFI entró en mi propiedad y la hackeé para saber de qué se trataba. Sospechaba que me espiaba. Al que tiene que condenar su señoría es al vecino; no le di permiso para que entrara en mi propiedad con su WIFI. Es allanamiento de morada flagrante, señoría".
El magistrado condena al denunciante, Javier P. Y. A., a 6 meses de cárcel por allanamiento de morada virtual y a pagar las costas del juicio.
El abogado de Daniel, Fernando Caradura, dice que "la sentecia sienta precedente en el ámbito de privacidad y hackeo de redes. Si romper la seguridad de un software es delito, teniendo en cuenta que es virtual, también lo es el allanamiento de morada virtual, se ha hecho justicia".
Acceso a la sentencia: http://www.eldiario.es/documentos/2015/01/27/penal.pdf

Comentarios

D

Parece de Elmundotoday, la voy menear en el sub NNoMundoToday