En este articulo explicaré si hay que considerar el IVA en las operaciones de Minado, y para detallar la opinión del tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre si hay que repercutir IVA en las operaciones de cambio de divisas virtuales entre si o con divisas tradicionales.
Por favor, recuerda que este articulo puede ser útil para los ciudadanos de la unión europea y no obligatoriamente de otros paises. Siempre es útil y recomendable consultar con su Asesor Fiscal.
El artículo completo en:
https://www.pratsglas.com/es/blog/iva-minado-bitcoin
Comentarios
#teahorrounclick
- Las operaciones de minado de criptomonedas están exentas a efectos del IVA.
- Los Bitcoins, criptomonedas y demás monedas digitales son divisas por lo que los servicios financieros vinculados con las mismas están exentos del Impuesto sobre el Valor Añadido en los términos establecidos en el artículo 20.Uno.18º de la Ley 37/1992.
@admin, spaaaaam with eggs.
Para ese artículo tan redundante podrías haberlo puesto aquí.