Publicado hace 8 años por cd_autoreverse a ecodiario.eleconomista.es

Miguel Cardenal, presidente del Consejo Superior de Deportes (CSD) ha anunciado que habrá sanciones si finalmente el himno de España es pitado este fin de semana en la final de la Copa del Rey que disputarán el Barça y el Athletic Club. "Se estudia la posibilidad de imponer sanciones si se dan hechos contrarios al ordenamiento jurídico. Hay una responsabilidad individual y la tutela corresponde primero a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado y luego a las instituciones competentes en el ámbito deportivo..."

Comentarios

cd_autoreverse

#3 pues nada fuera

noexisto

#0 eleconomista.es es AEDE, no?

cd_autoreverse

#1 ni idea

MeneanteViajero

#1: Sí, lo es

yoma

Que no se celebre el partido y problema resuelto, o que no asista ningún miembro de la Casa Real y así no habría que tocar el himno.


http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1997-21605

Artículo 2.

El himno nacional de España se interpretará de acuerdo con las siguientes directrices:

a) Constará técnicamente de una frase de dieciséis compases, dividida en dos secciones, cada una de las cuales tendrá cuatro compases repetidos. La indicación metronómica será de negra igual a setenta y seis y la tonalidad de Si b mayor. Sus duraciones serán de cincuenta y dos segundos para la versión completa y de veintisiete segundos para la versión breve.

b) Se entenderá por versión breve la interpretación de los cuatro compases de cada sección, sin repetición.

c) Las partituras de banda, de orquesta y de reducción para órgano son las que se contienen en el anexo de este Real Decreto y servirán de referencia para cualquier versión de grupo de cámara.

d) El himno nacional de España, en cualquiera de sus dos versiones, se interpretará siempre íntegramente y una sola vez.

Artículo 3.

El himno nacional será interpretado, cuando proceda:

1. En versión completa:

a) En los actos de homenaje a la Bandera de España.

b) En los actos oficiales a los que asista Su Majestad el Rey o Su Majestad la Reina.

c) En los actos oficiales a los que asista la Reina consorte o el consorte de la Reina.

d) En los demás actos previstos en el Reglamento de Honores Militares.

2. En versión breve:

a) En los actos oficiales a los que asistan Su Alteza Real el Príncipe de Asturias, Su Alteza Real la Princesa de Asturias o Sus Altezas Reales los Infantes de España.

b) En los actos oficiales a los que asista el Presidente del Gobierno.

c) En los actos deportivos o de cualquier otra naturaleza en los que haya una representación oficial de España.

d) En los demás casos previstos en el Reglamento de Honores Militares.

Marcelo987

Quieren que el evento deportivo no se convierta en un evento politico... y lo llaman Copa del REY.

Fuck the logic.

LuisPas

#4 si fuera un copazo me apuntaba

noexisto

#4 búsquese "expresión simbólica" https://www.aclu.org/libertad-de-expresion. Es que hasta las camisetas de la marea verde han dado problemas. Cuanto nos queda...

Ed_Hunter

A ver si me entero: en un evento organizado por la Real Federación Española de Fútbol, yo, como ciudadano español, muestro mi repulsa hacia la Marcha de Granaderos y por ello ¿sancionarán al Athletic de Bilbao... aunque durante el partido anime al Barça? ¿Ya se han enterado en Donostia?