Hace 3 años | Por earthboy a youtube.com
Publicado hace 3 años por earthboy a youtube.com

Vídeo en el que se explica, a grandes rasgos, la diferencia entre propiedad de una obra musical y derechos de explotación del máster de una obra musical.

Comentarios

b

¿ No se da el mismo problema, en el resto de sector audiovisual? Los que ponen el grito al cielo, contra las descargas y/o copias sin autorización, suelen ser los dueños de los derechos de explotación.

D

#14 Pero entonces tampoco podrías cantarla en conciertos...

maxmalkav

#15 No sé si el concierto se considera "distribución" y si en ese caso lo que prima son los derechos de autor en lugar de los de distribución.

Lo que comentabas de hacer la competencia no me cuadra con historias de artistas que han tenido pelotera con los másters y tenían parte de su catálogo prisionero (me suena por ejemplo King Crimson), pero tampoco es un tema que domine.

D

#18 Pero un disco de un concierto sí lo sería.

Por otro lado, yo hablo exclusivamente de la ley. Otra cosa es lo que, a mayores, se acuerde en el contrato con la discográfica, pero ese es un tema aparte que dependerá de la fuerza negociadora de la banda. Si es una banda grande podrá reducir el tiempo de exclusividad, y si es pequeña se la meterán doblada. Pero no es algo que la ley diga: "si alguien tiene un master, está terminantemente prohibido que el autor grabe nuevas versiones de la canción".

No se si me explico...

D

#20 en efecto no puedes grabar la canción de nuevo sin consentimiento de la compañía y eso incluye el directo.

D

#15 sí podrías porque no estás usando la grabación contenida en el máster

Ozono33

Muy cierto, este y Rick Beato son mis youtubers de divulgación musical favoritos, lo siento Jaime, tú no.

LorenGuti

#9 Pensaba que yo era el único que seguía a Rick Beato al estar en inglés. ¿Has visto sus vídeos sobre el oído musical absoluto? Son brutales

Ozono33

#30 claro, y ¿como toca la guitarra el cabronazo? Síguelo en Histagram que es donde se luce

avalancha971

Muchas vueltas repitiendo lo mismo y no me deja claro que no se pueda volver a hacer una nueva grabación.

D

#2 eso iba a decir yo, según él solo se pueden hacer copias del master.

D

#5 No, creo que no van por ahí los tiros, me temo. El problema es más lo que digo en 10.

avalancha971

#5 Sí, precisamente eso que dice sobre el minuto 5 es lo que no me lo dejó nada claro.

Yo hasta que dijo eso pensaba como #10, aunque me hubiera gustado que lo aclarara como ha hecho #10. Pero luego escuché lo del minuto 5 y ya no me quedó nada claro si sería como dices.

Y me tragué el video hasta el final pero no lo aclaró. Y prueba de que no queda claro, es que #5 lo entiende de una manera y #10 de otra.

PD: Pongo minuto 5 porque es el que ha mencionado #5, pero no recuerdo cuál es exactamente ni creo que hace falta buscarlo. El caso es que hay un momento en el que menciona eso. Y joder, vaya gracia tragarse más de 10 minutos de video para que después no quede claro

maxmalkav

#2 duplicado

D

#2 En principio, puedes hacer una nueva grabación sin problemas, pero la discográfica vieja seguirá teniendo derecho total sobre la primera grabación, lo que significa que te hará la competencia. Si lanzas tus viejas canciones regrabadas y haces una megacampaña de publicidad, ellos sólo tienen que sacar nuevas copias de su master y... ¡profit! Mucha gente lo comprará pensando que es el tuyo. Es más: si te dan a elegir entre "la grabación original" y el nuevo "disco remasterizado" ¿tú cual elegirías?

Edito: y añado: la discográfica vieja, con el viejo master, puede hacer lo que quiera con él, como por ejemplo permitir que se use en anuncios, o campañas políticas... Y el autor no tiene control sobre ello.

maxmalkav

#10 yo he entendido que tienes por un lado los derechos de autor (he creado en mi mente la canción) y los derechos de distribución asociados (la primera vez que le das forma a la canción en un máster te concede esos derechos). Sin los derechos de distribución, alguien puede grabar de nuevo la canción pero NO distribuirla. Puedes ser el dueño de los derechos de autor, pero sólo esto no te permite distribuir la canción como quieras. No habría competencia: el dueño de los derechos de distribución te bloquea el que comercialices nuevas versiones.

D

#16 Claro, pero yo entiendo que la pregunta que se hace es "¿es algo recogido en la ley, o es simplemente una cuestión contractual que tú negocias como mejor puedas?".

maxmalkav

#17 el quid de la cuestión A ver si salimos de dudas.

D

#19 Hasta donde se, la ley no dice nada al respecto (salvo que los derechos de una grabación concreta se pueden ceder, pero nada más). El tema de exclusividad y de que el autor no grabe otras versiones con otras discográficas, hasta donde se, es una cuestión puramente contractual.

D

#17 #19 es puramente contractual, si eres un artista conocido (y sabes negociar) puedes negarte a las cláusulas que no te convengan. Entre ellas está esa.

J

#22 Eso parece lo más lógico. Fuera de mangoneos de contrato, siendo la autora de la propiedad intelectual esa persona debería poder volver a hacer otra grabación o las que quiera sin importar que haya una inicial.

D

#24 la primera vez que vi la cláusula, de chaval, me pareció injusta, sin entender que cuando oyes una canción la estás oyendo por un esfuerzo conjunto enorme de dos partes, artista y compañía. Y si como compañía te dejas tu dinero y trabajo en: hacer que una canción que te enseñan en una guitarra tenga una producción adecuada, hacer conocido al artista, hacer un desarrollo artístico del proyecto y que todo eso llegue a la gente, es bastante razonable que otro no pueda recibir el resultado de ese esfuerzo a la primera de cambio. Entonces los 10 años me parecían un muro infranqueable e injusto, ahora que soy más viejo me parece más razonable, si bien creo que 5 sería más apropiado.

D

#2 añado un par de detalles a mi comentario anterior: puede (y digo "puede" porque no soy experto en este tema) que el contrato con la discográfica tenga algún tipo de clausula de exclusividad, en cuyo caso el autor se compromete a no hacer ninguna grabación con otra discográfica de las canciones que se incluyan en un master. Pero entiendo que ese tema es más una cuestión contractual que depende de lo que negocies con la discográfica, y no algo relativo a la ley en sí.

D

Leí "La guerra del hamster" ...

Toy fatal ...

Soy experto en roedores y lagomorfos

Jesulisto

#3 Juraría que en mis tiempos se le llamaba hamster al botón de fader que usan los DJ para que sonase un plato u otro, pero lo mismo son cosas mías.

Así que podría haber masters con hamsters.

i

#8 así es, mas o menos. El modo hamster es uno de los distintos modos en los que puede operar el crossfader, se utiliza este modo (y el crossfader en general) para hacer scratch sobretodo.

Jesulisto

#23 Gracias. De algo me sonaba.

Windows95

#3 Sí, yo también suelo visitar una página sobre hámsters.