Hace 5 años | Por ClaraBernardo a eldiario.es
Publicado hace 5 años por ClaraBernardo a eldiario.es

El Gobierno culpa al PSOE del articulado sobre delitos sexuales en el Código Penal, que sin embargo no modificó en su amplia reforma de 2015. El PP revisó 252 artículos, algunos relacionados con delitos que sufren especialmente las mujeres, pero no lo relativo al consentimiento, la intimidación o qué se considera agresión sexual. Para las expertas la modificación debe trascender la mera eliminación de la distinción entre abuso y agresión sexual con una revisión general "sobre la filosofía que subyace en la redacción del Código Penal.

Comentarios

D

#2 En el fascismo no hay mas preguntas...
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El mismo Catala ministro de Justicia del PP y tambien Cospedal
han dicho que ya es hora de cambiar la ley.
Aunque estos solo legislan si ven voto de por medio

D

#2 Hay que crear una comisión de ejpertas de jenaro para que estudien el problema y darle paguitas, muchas paguitas.

D

#2 Ah. O sea que las tías tienen que callarse y no protestar para que endurezcan penas que a su juicio no disuade a los agresores. Que estén hartas de salir y volver con miedo es una tontería, se quejan de vicio.
Oye, y yo que leí que esa era uno de los objetivos de las leyes.

Nah, estoy contigo. Menos quejarse y más disfrutar cuando las violen. Ambos ganan y total, el violador en 2 días está fuera.

celyo

#2 #1 no veo el problema.
Son colectivos ciudadanos que promueven una revisión de ciertos artículos.
Otra cosa sería que dicho análisis no contara con peritos adecuados.

Trigonometrico

#1 Las que se han dejado manipular por el Pp para que hagan ruido para disimular el caso Cifuentes, y a las que no les importa hacer más daño a la chica víctima de la agresión hasta destrozarle la vida.

D

#1 Espertas de jenero son.

D

#1¿ Y tu quien eres para decir que no lo son ?
o solo saben los que a ti te conviene ? los que a ti te conviene saben todo ?

Spartan67

El gobierna ignora todo excepto las órdenes de los poderes fácticos y grandes empresas.

D

Todo esto parece una ofensiva de la España más canosa para criminalizar cualquier relación que no sea "como dios manda"

J

#22 art 74 CP: “...el que, en ejecución de un plan preconcebido o aprovechando idéntica ocasión, realice una pluralidad de acciones u omisiones que ofendan a uno o varios sujetos e infrinjan el mismo precepto penal o preceptos de igual o semejante naturaleza, será castigado como autor de un delito o falta continuados.
Son 4 penetraciones en misma ocasion —-> delito continuado.

Art. 28:
También serán considerados autores:
b) Los que cooperan a su ejecución con un acto sin el cual no se habría efectuado.
—-> aunque no ejecutes el acto, puedes ser considerado autor.

Es decir, cada uno de los 5 es considerado autor de un delito continuado de abuso/agresión sexual, incluso si no la llegaran a meter.

Y tranquilo, que ya he superado dos cursos de Derecho Penal.

celyo

Visto que nadie comenta nada de lo indicado ...

No se si legalmente están diciendo un disparate, pero comentan

apuesta por la eliminación de la distinción entre agresión y abuso sexual para pasar a un solo tipo penal de agresión sexual que integre circunstancias agravantes

Visto que la gente se indigna por el tema de que se ha dictado abuso y no agresión. Casi mejor tener una sola definición para el pueblo llano y con una serie de circunstancias que agraven o no la pena.

No se si jurídicamente es una idiotez o no, ya que no soy jurista. Pero creo que quizás para el pueblo llanos les contentara.

Romfitay

Llama la atención que esas expertas pidieron endurecer el código penal en 2015 y no antes.

J

Aun no me he leído la sentencia, pero por lo que oigo que sí dice, los hechos incluyen intimidación y/o violencia.

Dicho esto, creo que a nadie se la había ocurrido antes que pudiesen darse casos de abusos con penetración con múltiples autores, y por esto no esta incluido como tipo agravado en el código penal.

F

#10 Yo me he leído parte de la sentencia y, aún siendo un profano en la materia (yo no terminé derecho ni he ejercido), no le veo ningún problema, más allá de la alarma social creada por los medios de comunicación.

El problema es que no hubo intimidación ni violencia. Sino que la chica se sintió impresionada, agobiada, intimidada y con desasosiego. La sensación de... No quiere decir que hubiese.Esto no lo digo yo, lo dijo la victima.
La víctima no se negó (ya fuera por el alcohol o porque estaba paralizada por la situación). Una vez más no lo digo yo, lo dijo la victima.
La chica entro voluntariamente, siendo conducía por los condenados (sacado de la declaración de la víctima).
La chica estaba borracha (0'91 +- 0'05 gr/l en sangre). (Informe forense practicado a la víctima)
Por otro lado iba morreandose con uno de ellos.
Varios tienen delitos en su historial.
Todo esto encaja con el delito de abuso sexual, no con el de violación.
Vamos, que se aprovecharon de que la chica iba borracha (al igual que ellos seguramente, y en este caso es un atenuante).
Que la víctima no es una niña, sino una ciudadana adulta (tiene 18 años, luego es mayor de edad).

Con esto no defiendo ni a los culpables ni a la víctima, sino que son cosas que la inmensa mayoría de la gente está pasando por alto y que aparecen en la sentencia.
Por otro lado, un juez tiene que valorar los hechos mirando todas las posibilidades (se ha criticado mucho las preguntas del juez a la víctima) para esclarecer la verdad.

Si hay múltiples agresores, cada uno apechuga con lo suyo. Lo que no puedes es imputar al sujeto X las acciones realizadas por B.
Lo que sí que es un agravante es la superioridad (numérica y física en este caso).

Es posible que me cosan a negativos, pero con la cantidad de gilipolleces que he leído sobre este tema (no es el caso de tu mensaje) sin que la mayoría tenga la más mínima idea de derecho ni habiéndose leído la sentencia... Es para hacérselo mirar.
Algunos parece que quieren que a los chavales estos los quemen en la plaza pública o les hagan un juicio inquisitorial (donde tienes que demostrar tu inocencia sin saber siquiera de que se te acusa).

a

#12 la víctima estaba borracha, si, pero los agresores? Les hicieron análisis?

F

#16 No creo que se les hicieran, es cuestión de la defensa si quiere usarlo o no, por lo que es cuestión de la defensa los análisis o las pruebas para demostrar la posible embriaguez de los defendidos.
Por esa razón he dicho lo de "seguramente", en sanfermines la gente no suele ir a admirar la arquitectura de Pamplona, sino que va para ir de fiesta.

J

#16 no debian ir borrachos si no lo han alegado en la defensa.

J

#12 1) no, la víctima no dijo no. Pero es que las relaciones sexuales legales deben ser consentidas. Si no hay consentimiento, no son lícitos. Eso es lo que se desprende del redactado del art. 181.2.
Que entres voluntariamente a un portal no quiere decir que quieras follar.
Que te estés morreando a alguien, no signifca que ese alguien consienta en follar.

En este sentido, el hecho que el abuso/agresion se realice “Cuando la víctima sea especialmente vulnerable, por razón de su edad, enfermedad, discapacidad o situación [que entiendo que incluye estando borracha], es un tipo agravado de dichos delitos. Es decir, que la vitoma vaya borracha no es un atenuante, como me parece que indicas, sino que agrava los tipos.

La violacion/abuso o como queramos llamarle la realizan todos conjuntamente, todos participan en los hechos, ninguno se niega a no participar, y por ende, en nuestro codigo penal, todos son conseidrados autores, incluso si solo uno de ellos la penetrase, todos pringarian. Por esto precisamente se les condena con violacion/abuso continuado, porque no cometieron en delito una vez, sino 5

No, yo no te coso a negativos, pero te sugiero que te informes mejor como funciona nuestro sistema penal antes, en especial, leerse el codigo penal en su parte inicial, y luego los tipos segun el delito que se trate.

F

#21 Léete de nuevo lo que he escrito y la LO 10/1995. Precisamente es por esa ley por la cual les han condenado, por abuso que no violación.
El delito de abuso (que no violación) es uno y no continuado (esto es en el tiempo, pues abusaron de ella una vez, que no varias). Llevándolo a una reducción al absurdo, si dos personas matan a una tercera ¿estamos hablado de un homicio o de dos? Porque una persona solo muere una vez (ha no ser que seas Gila, que lo fusilaron mal). Hay solo un delito (de abuso), y no es continuado en el tiempo (abusaron de ella solo una vez en el cuartucho ese del portal), pues solo abusaron de ella una vez, no varias veces.
El artículo LO 10/1995 181 (1, 2,3,4, y 5)
son precisamente el que el juez ha usado en la sentencia.
En otras palabras, por tener relaciones sexuales aprovechándose de que la víctima estaba drogada (tasa de alcohol de la víctima especificada en la sentencia) y esto es un abuso, que no una violación.
No sé quién se tiene que informar, yo que entiendo medianamente la sentencia, o tu que vas de... Mira paso léete la sentencia (en vez el programa de Ana Rosa o cualquier fancine feminazi) y léete un poco nuestro sistema legal.

D

Esto me recuerda a la caza de brujas en EEUU despues de la segunda guerra mundial, con los rojos y comunistas. Que aqui tambien.

Ramsay_Bolton

Si fuera por las expertas feministas esas, el juicio se haria en la plaza del pueblo, con antorchas y guillotinas.