Hace 2 años | Por tiopio a facua.org
Publicado hace 2 años por tiopio a facua.org

La titular del Juzgado de Primera Instancia 25 de Sevilla ha resuelto que el derecho de rectificación no puede ejercerse contra el usuario de una cuenta personal de Twitter, aunque sea periodista. La demanda de rectificación fue interpuesta por el exlíder de Vox en Andalucía contra el secretario general de FACUA por un tuit que ni siquiera publicó dentro de su actividad periodística, para la que también usa su cuenta personal de Twitter. Se trataba de una publicación realizada para informar de sus actuaciones como acusación popular en la causa…

Comentarios

Pilar_F.C.

Este es el de la triple moral, como muchos de su partido.

empanadilla.cosmica

Es curiosa la sentencia. El derecho de rectificación se inventó mucho antes que un medio electrónico gestionado por una empresa pero en la que un particular cualquiera pueda escribir cualquier cosa.

Por tanto la única manera, teniendo en cuenta la sentencia, es dirigir la denuncia contra Twitter como empresa directamente, y que ellos pidan al usuario que rectifique o editen su twit.

Por otra parte y yéndonos a este caso concreto ¿Qué persigue el juez Serrano con una petición de rectificación contra Rubén Sánchez en este asunto? No cambia absolutamente nada porque en el Twitt en cuestión Reben Sánchez informaba de su unión a la acusación de un asunto e contra del propio Serrano. Lo publique o no lo publique, sea aceptada su petición para unirse a la acusación o no lo sea, su intento de unirse en principio parece real y la estrategia parece más que es una cuestión de tocarle los cocada de cojones, más que otra cosa.

perrico

Da igual. Ya le pondrán otra.