Hace 6 años | Por tiopio a legaltoday.com
Publicado hace 6 años por tiopio a legaltoday.com

El auge de las nuevas tecnologías, y en especial de las redes sociales, ha hecho posible que una simple opinión llegue en breves minutos a millones de personas. El problema es cuando esta libertad de expresión choca frontalmente con el derecho a la intimidad de otra persona. Desde ABA Abogadas, Marta Macho, aborda esta controvertida dualidad del derecho. No puede admitirse que los demandantes, quienes en ningún momento han prestado consentimiento expreso, válido y eficaz a la captación y publicación de las imágenes, hayan disminuido por…

Comentarios

ikatza

Si he entendido bien las sentencias del Constitucional, sigues teniendo "derecho a la intimidad" aunque seas un famosillo de la tele o un youtuber que cuenta toda su vida en internet. Ahora, si eres un cargo público y la "invasión a tu intimidad" tiene que ver con tus funciones públicas, te lo comes con patatas.

E

La libertad de expresión no da derecho a publicar fotos sin el consentimiento explicito de la persona. Las tuyas, o tus opiniones, sí que puedes.