Hace 3 años | Por --526496-- a larazon.es
Publicado hace 3 años por --526496-- a larazon.es

El fallo establece que el condenado recogió en su vehículo a la mujer con la intención de contratar sus servicios.Después puso en marcha el coche y le comentó que tan solo tenía “unos dos euros” para pagarle, por lo que la mujer le dijo que diese la vuelta y que la dejase en el mismo lugar en el que la había recogido porque “ese dinero no cubría servicio alguno”. Sin embargo, el procesado hizo caso omiso a su petición y continuó la marcha, al tiempo que le introducía la mano entre las piernas a su víctima, tocándole la vagina.

Comentarios

Pilar_F.C.

Que baratito sale agredir a una prostituta.

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La sentencia también sostiene que las manifestaciones de la víctima quedaron corroboradas por los agentes, quienes declararon que la mujer abandonó el vehículo en estado de afectación anímica y que, además, “pudieron percibir” que “presentaba una rojez en el brazo izquierdo” provocada durante el forcejeo con el acusado.

En este sentido, los agentes negaron igualmente que el acusado fuese quien les diese aviso mediante una señal con las luces de su vehículo, como él sostuvo durante su declaración.


Muy bien por los agentes,el que sea prostituta no le da derecho a agredirla sexualmente si ella no consiente.

Feindesland

Técnicamente, diría que hubo consentimiento pero hubo impago...

O quizás, al no haber pago previo, no hubo consentimiento...

Me inclino por lo segundo.

D

#1 Lo segundo. Al menos yo lo veo claro. No llegó a buen término la negociación y no hubo acuerdo. Lo siguiente ya tal.

Feindesland

#2 Sí: la razón de la falta de acuerdo es irrelevante.

Ragadast

Lo peor es que encima no puede tampoco tratarse de un riesgo profesional porque no es una profesión reconocida por la ley...