Hace 13 años | Por mperdut a portalvasco.com
Publicado hace 13 años por mperdut a portalvasco.com

De este tipo de multas la verdad que ya llevo un tiempo teniendo conocimiento de ellas, el problema es que todavía no tenia una prueba de ello asi que tampoco me parecía bien eso de hablar por hablar. ¿Sabiais que en mas o menos ayuntamientos se está multando “a ojo”?. Si, si, "a ojo", literal, ¿no os lo creeis?, pues adelante.

Comentarios

D

Sinceramente, creo que es errónea. Pone de 51 a 70Km/h, porque de 51 a 70Km/h el importe de la multa es uno y si es a partir de 71Km/h es otro. Es la multa código XXXYY (por poner un ejemplo).

Es decir de esto no se puede deducir si es o no es a ojo. ¿Puede ser a ojo? Si, pero esta noticia no lo demuestra, así que podría ser que no. Y me inclino a pensar que nadie pone una multa de 51Km/h a 70Km/h a ojo (diferente si uno va a 100Km/h por ciudad que aún se podría dar).

mperdut

#5, si no hay modelo de radar lo cual tiene que haber en todas las multas, no hay punto km exacto del tipo de km xx,x y la velocidad es pues eso... " a ojo calculo yo que iria pues entre 51 y 70".

D

#5 Hay el lugar exacto: Carretera de Matadepera, 323
En todo caso lo que demuestras tu es que faltan datos en la multa, no que se haya puesto a ojo. Si hace el recurso pidiendo la calibración del aparato de medida entonces con la respuesta si podríamos hacer la afirmación, pero en este caso no se puede afirmar.

por lo que parece además el agente 1113 es el radar:

(otra multa de velocidad de Terrassa donde puedes ver que lo que especulo en #5 parece cierto).

D

#10 Pues veis, ya lo decía en #5. Un análisis sosegado confirma que la multa es correcta y que además hay radar, por tanto no es a ojo.

Fotoperfecta

Precisamente en esa zona en particular si que hay un radar fijo colocado justo a pocos metros de la comisaría de Mossos d´Esquadra.
El Ayuntamiento de Terrassa tiene cinco "habitáculos" de radar y una sola máquina recaudatoria.
Resumiendo.........van cambiando el único radar que tienen por las cinco cajas habilitadas.
Curiosamente las cinco cajas están en zonas de alta mortalidad (=0), todas en carreteras de larga recta, y curiosamente orientadas cuesta abajo.
Av. del Vallés (2), Ctra. Matadepera, C. Joan Terradellas y Ctra de Rubí.

Wilder

#10 Yo pensaba que los 5 radares estaban habilitados. Osea... ¿eso va a suerte?

Fotoperfecta

#12 No están todos habilitados, y si, va a suerte.
A no ser que hayan comprado más, cosa que no creo puesto que paso diariamente por al menos dos de ellos y se ve la caja vacía.
Al que si vi saltar una vez fue al de la calle Joan Tarradellas. Me adelantó un flipao con un Porsche por la derecha.
Límite 50 y el iba al menos, a ojo, a 80.
Se llevó una bonita foto de la matrícula trasera lol lol

Frankss

A mi padre hace ya bastante tiempo le llegó una, se les pidió una foto de la supuesta infracción y ahí quedó todo.

mperdut

Cuidado ahora si te mandan una de esas, cada vez mas tienen la mala costumbre de rechazar sistemáticamente todos los recursos y o te vas al contencioso y te gastas bastante mas pasta de lo que es la multa o no tienes nada que hacer.

Por eso hacen esas jugadas con multas pequeñas, porque saben que si es una multa grande igual si que acaban en el contencioso.

D

Hostia, y además está en catalán.

Qué chungo

P

No están obligados a mandar la foto.

Si la pides (reclamas), pierdes el derecho al 50% de descuento por pago rápido.

D

#8 Tienes razón, no están obligados a indicar nada respecto al radar, lo cual no significa que tu, en alegación, no puedas pedirlo, pero pierdes la bonificación. La ley 18/2009 establece lo que es necesario indicar en la multa en su artículo 74:

1. Los Agentes de la Autoridad encargados de la vigilancia del tráfico deberán denunciar las infracciones que observen cuando ejerzan funciones de vigilancia y control de la seguridad vial.

2. En las denuncias por hechos de circulación deberá constar, en todo caso:

* a) La identificación del vehículo con el que se hubiese cometido la supuesta infracción.
* b) La identidad del denunciado, si fuere conocida.
* c) Una descripción sucinta del hecho, con expresión del lugar o tramo, fecha y hora.
* d) El nombre y domicilio del denunciante o, si fuera un Agente de la Autoridad, su número de identificación profesional.

3. En las denuncias que los Agentes de la Autoridad notifiquen en el acto al denunciado deberá constar, además, a efectos de lo dispuesto en el artículo 73.2:

* a) La infracción presuntamente cometida, la sanción que pudiera corresponder y el número de puntos cuya pérdida lleve aparejada la infracción, conforme a lo dispuesto en esta Ley.
* b) El órgano competente para imponer la sanción y la norma que le atribuye tal competencia.
* c) Si el denunciado procede al abono de la sanción en el acto deberá señalarse, además, la cantidad abonada y las consecuencias derivadas del pago de la sanción previstas en el artículo 80.
* d) En el caso de que no se proceda al abono en el acto de la sanción, deberá indicarse que dicha denuncia inicia el procedimiento sancionador y que dispone de un plazo de veinte días naturales para efectuar el pago, con la reducción y las consecuencias establecidas en el artículo 80, o para formular las alegaciones y proponer las pruebas que estime convenientes. En este caso, se indicarán los lugares, oficinas o dependencias donde puede presentarlas.
* e) Si en el plazo señalado en el párrafo anterior no se hubiesen formulado alegaciones o no se hubiese abonado la multa, se indicará que el procedimiento se tendrá por concluido el día siguiente a la finalización de dicho plazo, conforme se establece en el artículo 81.5.
* f) El domicilio que, en su caso, indique el interesado a efectos de notificaciones. Este domicilio no se tendrá en cuenta si el denunciado tuviese asignada una Dirección Electrónica Vial, ello sin perjuicio de lo previsto en el artículo 28.4 de la Ley 11/2007, de 22 de junio.

4. En las denuncias por hechos ajenos a la circulación se especificarán todos los datos necesarios para su descripción.

(Artículo redactado de conformidad con la LEY 18/2009)

M

Es por nuestra seguridad. Lo de recaudar no tiene nada que ver.