Hace 15 años | Por sam2001 a inteco.es
Publicado hace 15 años por sam2001 a inteco.es

Con la entrada en vigor del Real Decreto 1720/2007, se impone la obligación de que, en las características técnicas del producto, se especifique qué nivel de seguridad puede alcanzar. No hacerlo puede ocasionar una multa de entre 60000 y 300000 euros.

Comentarios

jroselln

Lo que pasa si no se hace es que se implantan aplicaciones que se mantienen con medidas de nivel bajo quando tratan datos de nivel alto.
¡A ver si es verdad y la gente se pone las pilas!