El caso se remonta a 2018 cuando el acusado colgó en su perfil de Facebook una fotografía de las víctimas bajo la palabra wanted (buscado) y sus datos personales. Según la jueza no queda acreditado que él sea el autor y, añade, que a pesar de ser "de mal gusto" no se ha demostrado que las intenciones del acusado fueran "más allá del hecho de compartir" y que el hecho de añadir "quien la hace, la paga" no tiene suficiente peso para considerarse una amenaza.
Comentarios
Todo en orden, no vamos a meter en la cárcel a una persona de bien por amenazar de muerte a un guarro perroflauta y seguramente independentista.
Me pregunto que habría pasado al revés?
#2 Delito de odio, enaltecimiento del terrorismo, amenazas, coacción y todos sus semejantes ideológicos criminalizados dos meses por Ana Rosa Quintana y basura del mismo estercolero.
#2 No mientas. Lo sabes
Según la jueza, para ser considerado culpable de un delito de amenazas "el ánimo intimidatorio tiene que ser claro y concreto"
Si publican mis datos personales me doy por intimidado aún sin que me tengan que decir que me vayan a matar.
En fin, qué garantista es la justicia en algunos casos y qué mastodóntica en otros.
Ya se que está mal... pero lo bien que vendria ahora que le ocurriera eso mismo a la hija de la jueza.
Seguro que apreciaría algun matiz que en este caso se le pasó desapercibido...
Se nos está quedando una justicia gloriosa.En Galicia absuelven a narcotraficantes,en Valencia a un nazi.Todo en su sitio.
Ya se que está mal... pero lo bien que vendria ahora que le ocurriera eso mismo a la hija de la jueza.
Seguro que apreciaría algun matiz que en este caso se le pasó desapercibido...