Primera frase: La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) decidió hace un año no sancionar a WhatsApp por una razón similar por la que ahora multa a la empresa con 300.000 euros.
Multar con 300 000 euros a una multinacional como la que crea el Whatsapp y no multar, todo es uno. Las multas deberían ser proporcionales a la facturación de la empresa multada.
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Primera frase: La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) decidió hace un año no sancionar a WhatsApp por una razón similar por la que ahora multa a la empresa con 300.000 euros.
Multar con 300 000 euros a una multinacional como la que crea el Whatsapp y no multar, todo es uno. Las multas deberían ser proporcionales a la facturación de la empresa multada.
A la comercial Iglesia Católica S.L. parece que tampoco le afecta la Ley de Protección de Datos... bueno, ni ninguna.