Como medida de prevención se contempla que “si la persona denunciada tiene asignado o desempeña un puesto de trabajo correspondiente a las Unidades de Atención a la Familia y Mujer (UFAM), relacionado con víctimas de Trata de Seres Humanos o con la investigación de delitos de odio, como medida cautelar será asignado a otras funciones en las que no tenga relación con víctimas de violencia de género, de violencia sexual ni trata de seres humanos”. Otra medida destacada es la siguiente: “Se restringirá a la persona denunciada, el acceso a las consultas de bases de datos policiales que pueda facilitar la localización de la persona afectada o que pueda resultarle perjudicial”.
¿A los denunciados por xenofobia se les aparta de labores relacionadas con la inmigración?
¿A los denunciados por hurto o robo se les aparta de investigaciones por hurto o robo?
Y es importante el "matiz" de que hablamos de denunciados, no de condenados.
#3 Es una medida cautelar, de prevención. Pero sí, tal vez habría que ampliarlo a otro tipo de denunciados. Yo veo un peligro que un denunciado pueda tener libre acceso a determinados datos. Y es que hay casos flagrantes, como este, que fue denunciado y condenado. www.elconfidencialdigital.com/articulo/seguridad/supremo-confirma-cond
#4 Pues no entiendo muy bien qué debe prevenir. ¿Cómo se vincula a un denunciado por acoso sexual con un delito de violencia de género ocurrido en otro hogar/pareja?. ¿Se da por supuesta la misoginia del agente? Precrimen, y sin informe minoritario siquiera...
#3 la palabra cautelar no te importa, ¿verdad?
No conlleva ninguna sanción, son medidas lógicas y más si observamos el aumento alarmante de los accesos indebidos entre policías.
#8 cautelar viene de cautela que significa cuidado, y precisamente son medidas con las que hay que ser muy cuidadoso para no vulnerar los derechos del reo. La medida cautelar debe ser siempre la menos gravosa o perjudicial para el demandado: www.avqlegal.com/los-cuatro-requisitos-de-las-medidas-cautelares/
#3 Creo que simplemente.... al ser un delito de acoso, precisamente dar acceso a datos personales de cualquier tipo sin control no es buena idea. Lo que no entiendo es como se permitía antes. De la misma manera que hay que exigir a quien trabaje con menores los historiales de antecedentes o delitos sexuales.
Creo que tiene que ver con el tipo de delito (al menos yo así lo veo obvio)
#10 pero antecedentes de delitos sexuales se tienen cuando ya se está condenado. Esto de anticipar medidas penales no lo veo claro. Por ejemplo, si se hubiese encerrado a Antonio Anglés cuando era un delincuente menor y se hubiese tirado la llave no conoceríamos el crimen de Alcasser pero no me gusta este tipo de "soluciones" y soy crítico con ellas.
#11 Mmmm yo cuando estamos poniendo sobre la mesa la vida de las personas, soy mas de prevenir que padecer. Si la investigación resulta en nada, se le vuelve a dar acceso y no hay males mayores.
Si por lo contrario resulta condena, se ha podido evitar una tragedia mucho mayor.
Aunque como dicen por ahí... "Y sus colegas??" Lamentablemente algún compañero, a sabiendas de ello, lo hará por él.
¿A los denunciados por hurto o robo se les aparta de investigaciones por hurto o robo?
Y es importante el "matiz" de que hablamos de denunciados, no de condenados.
www.elconfidencialdigital.com/articulo/seguridad/supremo-confirma-cond
No conlleva ninguna sanción, son medidas lógicas y más si observamos el aumento alarmante de los accesos indebidos entre policías.
www.avqlegal.com/los-cuatro-requisitos-de-las-medidas-cautelares/
Creo que tiene que ver con el tipo de delito (al menos yo así lo veo obvio)
Si por lo contrario resulta condena, se ha podido evitar una tragedia mucho mayor.
Aunque como dicen por ahí... "Y sus colegas??" Lamentablemente algún compañero, a sabiendas de ello, lo hará por él.