Según la resolución judicial, que abarca 26 folios, el tribunal considera probado que la empresa incurrió en esquirolaje interno, al desviar tareas a trabajadores de nivel superior que, en condiciones ordinarias, no debía cubrir las funciones dado que todo el departamento de operaciones secundó la convocatoria. Esta práctica contraviene el artículo 6.5 del Real Decreto-Ley 17/1977 y la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional citadas en la sentencia.
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Pues eso. Y hablo de primera mano.
Si por ellos fuese todo el mundo estaríamos es la mierda como en EEUU, pero con sueldos de España.
Otro que puede afirmar de primera mano que esta empresa te trata como un objeto y no como una persona.