Hace 3 años | Por --637383-- a diariojuridico.com
Publicado hace 3 años por --637383-- a diariojuridico.com

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha declarado discriminatorio el tratamiento que el Instituto general de la Seguridad Social (INSS) otorgaba al complemento de maternidad, previsto en el artículo 60 TRLGSS, ya que era un complemento que se confería exclusivamente a mujeres que habían sido madres de dos o más hijos, pero no a hombres que cumplían las mismas condiciones.

Comentarios

D

Por lo que dice el artículo, el INSS ha hecho caso omiso de la sentencia del TJUE y no lo ha aplicado. Tienes que solicitarlo y, como te lo van a denegar en un principio, acudir a la vía judicial para que un juez sentencie a tu favor y, como probablemente recurran la sentencia, seguir litigando y litigando hasta que te lo terminen concediendo.

Ihzan

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha declarado discriminatorio el tratamiento que el Instituto general de la Seguridad Social (INSS) otorgaba al complemento de maternidad, previsto en el artículo 60 TRLGSS, ya que era un complemento que se confería exclusivamente a mujeres que habían sido madres de dos o más hijos, pero no a hombres que cumplían las mismas condiciones

Y esto es un paso a la igualdad. No discriminar.

l

Luego se le llena mucho la boca a ciertos individuos de aquí diciendo que la mierda discriminatoria que nos quiere vender el gobierno viene "impuesta" de la UE.