Publicado hace 3 años por --641639-- a derechomercantilespana.blogspot.com

En Inglaterra, la institución encargada de – hoy diríamos – la regulación de la marina mercante era la Trinity House. Y entre sus competencias estaba la de los faros. Fundada en el siglo XVI, en el XVIII ya tenía la exclusiva en la construcción y mantenimiento de los faros. Era una corporación gremial. Con todas las consecuencias en términos de erección de barreras a la entrada de las actividades reguladas que eso supone. En el caso de los faros, la Trinity House daba licencias para construcción de faros a sus propios miembros, naturalmente restringiendo su número a aquella cifra que los hiciera rentables. Tan rentables como para pagar el canon a la Trinity House y hacer rico al que lo operaba.