#115 esas noticias son sobre la prohibición , lo que digo yo se produce antes de la prohibición, es una petición al promotor para que no lleve a cabo la actuación, por lo que el ayuntamiento ya conocía la intención de hacerla.
#24 Ese relato es inventado. Hay noticias previas en que el Concello de Vigo pedía al local la cancelación del espectáculo, sin intervención de la Xunta.
Esto del autodiagnóstico ya pasa con "Google". En cierto modo me recuerda a la queja de Lutero porque las autoridades eclesiásticas prohibían a los fieles leer la Bíblia por sí mismos.
¿En qué punto deja de ser una precaución razonable y se alcanza el luddismo?
Es solo una reflexión que me hago. Poneos en manos de profesionales.
Pues si lo cancelan por falta de licencia no es de recibo que nos vendan que lo hacen por su contenido. Y esos límites de la libertad de expresión de los que hablas los tiene que visar un juez y no la administración mediante censura previa. Precisamente estoy hablando de los límites de la actuación administrativa.
#46 la censura previa administrativa es un limite constitucional a la actuacion administrativa.
Otro sería la inviolabilidad del domicilio,por poner otro ejemplo de límites que todos conocemos.
Pero lo de la falta de licencia ya les permite prohibir el espectáculo, si no, ya veríamos.
#19 lo de la licencia insuficiente es lo que va a impedir que esto se pueda recurrir por ser censura administrativa sin respaldo judicial. El tío es odioso, pero de que el contenido del espectáculo sea ilegal solo hay "indicios" apreciados por la administración.