la comepollas que regalo el gobierno a los fascistas ... menuda pedazo de basura ella y todos los retrasados que votaron esta basura , joder votad a cualquier cosa antes que a estos montones de mierda ...
Yo creo que este tipo de comentarios sobran y hay que votarlos negativo, vayan contra quien vaya.
Una cosa es soltar un insulto o una palabra malsonante puntual, pero que todo el comentario sea una ristra de insultos ...
Y además, regaló lleva acento.
El Tribunal Supremo, con mayoría conservadora, condena al FGE.
Ahora es de esperar que el Tribunal Constitucional, con mayoría progresista, anule la condena.
@Ah_no_nimo Te lo cambio:
Ayer doble banderilla vacunera en mi poderosa musculatura brazal.
Aparte de inyectarme el chip, posiblemente me vuelva murciano, se me caiga un huevo y me quede calvo o pelirrojo.
Por ahora solo fiebre, pero ya se me escapa algún ¡Acho! ¡Pijo!
Tengo miedo.
"En él se parte de distinguir el contenido necesario de una sentencia, su notificación y la publicación anticipada del fallo, para subrayar (i) que esta última es una actuación no prevista en la ley, pero tampoco prohibida y prevista para determinadas resoluciones; (ii) que se viene realizando con habitualidad por las distintas salas del Tribunal Supremo en atención a la demanda de noticias por la sociedad y para evitar los efectos perniciosos de la falta de publicidad, como las filtraciones; (iii) que la sentencia ya había sido deliberada y el texto estaba concluso a falta de los votos particulares; (iv) que la «publicación anticipada del fallo, con una sucinta motivación, que se limitó a dar noticia de un hecho relevante, cierto y de naturaleza procesal, no puede equipararse a una condena pública sin motivación»; y (v) que la comunicación pública de un hecho de indudable relevancia informativa «se hizo ponderando otros derechos como el de libre comunicación y recepción de información de los ciudadanos»."
"Es cierto que no existe ningún precepto que autorice expresamente la publicación anticipada del fallo de una sentencia de casación. Sin embargo, que esa previsión no exista (y pueda hablarse incluso de irregularidad procesal) no significa que los derechos a la tutela judicial efectiva y a un proceso con todas las garantías se hayan lesionado.En primer lugar, porque no existe una infracción de la normativa procesal en sentido estricto, ni de los preceptos invocados por el recurrente –arts. 160 y 789 LECrim y arts. 248, 266 y 270 LOPJ–, que en ningún caso contemplan una prohibición, ni explícita ni implícita, de anticipar el fallo, sino normas sobre la estructura, contenido, notificación y acceso a las sentencias; ni del art. 260.2 LOPJ. El Tribunal Supremo notifica en septiembre la sentencia íntegra, que se data en su encabezamiento el 13 de septiembre de 2022. Con ello respeta tanto esa última previsión de integración del voto en la sentencia (art. 260.2 LOPJ) como las anteriores citadas en la demanda"
@rar@angelitoMagno No. Esto es un invent como un puto piano, sin perjuicio de que acierte de casualidad:
a) El 193 LEC no dice nada de eso. Habla de suspensiones de las vistas.
b) En un proceso penal se aplica la LECRIM, no la LEC, que es en todo caso supletoria.
No hay ninguna previsión legal para que se haga, lo que no quiere decir que sea ilegal. El TC lo dio por "bueno", pero diciendo que es una irregularidad procesal.
Ojo con los desmentidos y los zascas, que pueden ser mentidos a su vez.
Descorazonador que lo demos por bueno.
Descorazonador que los que apoyan el tuit ese y los que lo critican no se hayan molestado en abrir el BOE.
Mi duda es, ¿es normal que las sentencias y condenas se anuncien con antelación a su publicación?
Creo que si, porque me suena que haya ocurrido en otras ocasiones, pero me resulta algo absurdo. ¿no?
A ver, si la vas a publicar al día siguiente, pues vale, pero si no es así porque, asumo, aún no tienes la sentencia escrita.
Anoche vi un documental francés sobre Franco.
Recogía entrevistas a gente de hoy día, algunos de gente de unos 50 años.
Lo que decían era simplemente aterrador.
El franquismo/nacional-catolicismo sigue vivo y con un odio que ni en el apogeo del franquismo.
Si rozasen el poder, miedo da.
Hasta sale @gallir
Reporto públicamente.
www.meneame.net/user/BoosterFelix/shaken
Cc @eirene
Yo creo que este tipo de comentarios sobran y hay que votarlos negativo, vayan contra quien vaya.
Una cosa es soltar un insulto o una palabra malsonante puntual, pero que todo el comentario sea una ristra de insultos ...
Y además, regaló lleva acento.
Ahora es de esperar que el Tribunal Constitucional, con mayoría progresista, anule la condena.
Dios está en el cielo. Todo está bien en España.
No sé qué es peor.
Va por ustedes.
PD Si alguien lo quiere con "tropezones" que avise y le aparto una ración.
Ayer doble banderilla vacunera en mi poderosa musculatura brazal.
Aparte de inyectarme el chip, posiblemente me vuelva murciano, se me caiga un huevo y me quede calvo o pelirrojo.
Por ahora solo fiebre, pero ya se me escapa algún ¡Acho! ¡Pijo!
Tengo miedo.
Un momento, eso quiere decir que antes tenía 75€ y ahora tengo 50€
"En él se parte de distinguir el contenido necesario de una sentencia, su notificación y la publicación anticipada del fallo, para subrayar (i) que esta última es una actuación no prevista en la ley, pero tampoco prohibida y prevista para determinadas resoluciones; (ii) que se viene realizando con habitualidad por las distintas salas del Tribunal Supremo en atención a la demanda de noticias por la sociedad y para evitar los efectos perniciosos de la falta de publicidad, como las filtraciones; (iii) que la sentencia ya había sido deliberada y el texto estaba concluso a falta de los votos particulares; (iv) que la «publicación anticipada del fallo, con una sucinta motivación, que se limitó a dar noticia de un hecho relevante, cierto y de naturaleza procesal, no puede equipararse a una condena pública sin motivación»; y (v) que la comunicación pública de un hecho de indudable relevancia informativa «se hizo ponderando otros derechos como el de libre comunicación y recepción de información de los ciudadanos»."
"Es cierto que no existe ningún precepto que autorice expresamente la publicación anticipada del fallo de una sentencia de casación. Sin embargo, que esa previsión no exista (y pueda hablarse incluso de irregularidad procesal) no significa que los derechos a la tutela judicial efectiva y a un proceso con todas las garantías se hayan lesionado.En primer lugar, porque no existe una infracción de la normativa procesal en sentido estricto, ni de los preceptos invocados por el recurrente –arts. 160 y 789 LECrim y arts. 248, 266 y 270 LOPJ–, que en ningún caso contemplan una prohibición, ni explícita ni implícita, de anticipar el fallo, sino normas sobre la estructura, contenido, notificación y acceso a las sentencias; ni del art. 260.2 LOPJ. El Tribunal Supremo notifica en septiembre la sentencia íntegra, que se data en su encabezamiento el 13 de septiembre de 2022. Con ello respeta tanto esa última previsión de integración del voto en la sentencia (art. 260.2 LOPJ) como las anteriores citadas en la demanda"
a) El 193 LEC no dice nada de eso. Habla de suspensiones de las vistas.
b) En un proceso penal se aplica la LECRIM, no la LEC, que es en todo caso supletoria.
No hay ninguna previsión legal para que se haga, lo que no quiere decir que sea ilegal. El TC lo dio por "bueno", pero diciendo que es una irregularidad procesal.
Ojo con los desmentidos y los zascas, que pueden ser mentidos a su vez.
Descorazonador que lo demos por bueno.
Descorazonador que los que apoyan el tuit ese y los que lo critican no se hayan molestado en abrir el BOE.
Creo que si, porque me suena que haya ocurrido en otras ocasiones, pero me resulta algo absurdo. ¿no?
A ver, si la vas a publicar al día siguiente, pues vale, pero si no es así porque, asumo, aún no tienes la sentencia escrita.
HUELE A ELECCIONES
LA PRUEBA TESTIFICAL ES UNA PRUEBA.
DECIR QUE SE CONDENA "SIN PRUEBAS, SÓLO CON TESTIGOS", ES COMO DECIR QUE SE CONDENA "SIN PRUEBAS, SÓLO CON ADN Y GRABACIONES EN VÍDEO".
Tengo que buscar el meme ese de Djokovic gritando para hacer uno.
Recogía entrevistas a gente de hoy día, algunos de gente de unos 50 años.
Lo que decían era simplemente aterrador.
El franquismo/nacional-catolicismo sigue vivo y con un odio que ni en el apogeo del franquismo.
Si rozasen el poder, miedo da.